miércoles, 26 de noviembre de 2014

EL ANTEPROYECTO DE LEY DE COLEGIOS PROFESIONALES PREVÉ LA LIBERALIZACIÓN DE LOS ARANCELES DE LOS PROCURADORES


La Ley de Servicios y Colegios Profesionales puede suponer una rebaja importante de aranceles para los procuradores. Si finalmente el texto es aprobado como proyecto de ley por el Consejo de Ministros, los aranceles dejarán de ser una tarifa fija para convertirse en la cuantía máxima que estos profesionales podrán cobrar por sus servicios, abriendo la puerta a una liberalización de precios.
Según un artículo firmado por Almudena Vigil en el diario Expansión, así  aparece reflejado en el último texto del Anteproyecto que circula actualmente y con el que podrían estar negociando los diferentes ministerios implicados. El texto tiene fecha del 11 de noviembre y va acompañado por una memoria de impacto normativo de la misma fecha.
Esta última versión contempla la aprobación de un real decreto que, “con el fin de incentivar la competencia entre procuradores y evitar aranceles desproporcionados y prácticamente ilimitados”, regule el arancel de acuerdo con una serie de parámetros. En este sentido, la cuantía del mismo tendrá carácter de máximo y los procuradores estarán obligados a entregar un presupuesto previo a sus clientes en el que conste expresamente la disminución ofrecida respecto del tope previsto en la normativa. En caso de que no haya disminución, también tendrá que reflejarse este hecho.
Además, la cuantía global que podrán cobrar por un mismo asunto, actuación o proceso no podrá exceder de 75.000 euros, una cifra que se ha visto reducida respecto al texto que circulaba el pasado mes de julio, con el tope en 150.000 euros. En la regulación vigente, el límite está en 300.000 euros.
Respecto a los procesos concursales, el anteproyecto apunta que “la base para regular los derechos que se devenguen será el 50% del pasivo resultante de la lista definitiva de acreedores presentada por la administración concursal”.
Sin embargo, todas estas medidas dependen de la aprobación de un real decreto tras la entrada en vigor de la nueva ley. Mientras, la reforma establece medidas que serán de aplicación inmediata una vez aprobada la norma. Es el caso de la rebaja generalizada de la cuantía de los aranceles.
Rebaja de aranceles
La cantidad a pagar disminuirá en un 10% cuando la cuantía del procedimiento sea de hasta 601.012 euros –es decir, la gran mayoría de los pleitos–; en un 30%, cuando la cuantía esté comprendida entre 601.012, 01 euros y 10 millones de euros; en un 40%, cuando sea de entre 10 millones de euros y 50 millones; en un 50%, para pleitos de entre 50 millones y 100 millones de euros, y en un 60%, cuando la cuantía supere los 100 millones de euros.
En la actualidad, la norma que regula el arancel permite un incremento o disminución de hasta 12 puntos porcentuales cuando así lo acuerde expresamente el procurador con su cliente.
El texto ha descartado la opción de eliminar por completo el arancel, que sí aparecía inicialmente. La razón, según apunta la memoria de impacto, es que ello podría hacer que se fijaran tarifas por encima de lo debido: “Un escenario de formación libre de precios en un contexto oligopolístico no permite esperar que existan presiones para una formación eficiente de precios”.
Pero no todo son malas noticias para los procuradores. El texto incluye un importante éxito del colectivo en uno de los temas más delicados que ponía en peligro el futuro de la profesión: se mantiene la incompatibilidad entre abogados y procuradores, algo que el Ministerio de Economía, del que depende esta ley, insistía en suprimir. La cartera del ministro Luis de Guindos cedería en este punto manteniendo la prohibición de que una misma persona lleve la representación y defensa en juicio. Según explica la memoria de impacto, en esta decisión ha influido el informe del Consejo de Estado, que lo desaconsejaba.


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