miércoles, 3 de enero de 2018

DIFAMACIÓN



¿Qué daños puedo recuperar en una demanda por difamación de carácter?

Si usted ha sido difamado, puede presentar una demanda debido a tal difamación. La demanda puede ayudarle recuperar por los daños que ha sufrido debido a la declaración o el comentario difamatorio.

Existen ambos daños efectivos, para recuperar el daño que ha sufrido y los daños punitivos para castigar a la persona que hizo el comentario (y para que sirva de ejemplo para impedir que otras personas hagan lo mismo).

Daños efectivos:

Los daños efectivos en un caso de difamación de carácter incluyen, pero no son limitados

a:

    Daños económicos

    Daños a su reputación

    Angustia mental

Daños punitivos:

Los daños punitivos son establecidos para servir como un castigo económico. El propósito de tal castigo es incitar a la persona a no volver a hacer el acto dañino.

Si la persona hizo una declaración que lo acusó incorrectamente de un delito o se reflejó negativamente en su profesión, el tribunal o el jurado pueden evaluar los daños. Para otros tipos de difamación usted debe probar algún daño de hecho para poder recuperarlo.

¿Qué defensas están disponibles para alguien que ha sido demandado por difamación?

Ordinariamente existen 6 defensas posibles para un acusado que haya sido demandado por libelo (difamación publicada en una comunicación.)

1. La verdad. Esta es una defensa completa, pero puede ser difícil de probar.

2. Un justo comentario sobre un asunto de interés público. Esta defensa se aplica solamente a la "opinión", como comparada a una declaración de hecho. Usualmente el demandado necesita probar que la opinión se hizo honestamente y los comentarios no fueron motivados por "malicia" de hecho (Malicia significa conocimiento de la falsedad o negligencia para descubrir la verdad o falsedad de la declaración difamatoria.)

3. Privilegio. El privilegio puede ser absoluto o calificado. El privilegio generalmente existe cuando el que habla o escribe tiene el deber de comunicar a una persona específica o personas en una ocasión dada. En algunos casos el privilegio es calificado y puede perderse si la publicación es innecesariamente amplia o está hecha con malicia.

 4. Consentimiento. Éste raramente está disponible, dado que ordinariamente los demandantes no están de acuerdo con la publicación de declaraciones que encuentran ofensivas.

5. Diseminación inocente. En algunos casos una parte que no tiene conocimiento del contenido de una declaración difamatoria puede utilizar esta defensa. Por ejemplo, un cartero que entrega un sobre sellado conteniendo una declaración difamatoria, legalmente no es responsable de cualquier daño que pudiera resultar de la declaración.

 

6. La pobre reputación del demandante. El acusado puede mitigar (disminuir) los daños de una declaración difamatoria probando que, para empezar, el demandante no tiene una buena reputación. El acusado ordinariamente puede probar la pobre reputación del demandante llamando a testigos que conozcan la reputación previa del demandante relativa al contenido difamatorio.

¿Qué es calumnia y libelo?

Calumnia y libelo son dos formas de difamación. La calumnia es una difamación hablada y libelo es su forma escrita. Sin embargo, las emisiones de radio y televisión que son difamatorias son consideradas libelos, en lugar de calumnias, aunque la difamación en estos casos es hablada y no escrita.

¿Qué es libelo per se?

Cuando el libelo es claro por sí mismo sin necesidad de cualquier explicación del asunto, se le llama libelo per se. Con frecuencia, se encuentra que los siguientes son libelos per se:

Una declaración que falsamente:

    • Imputa a cualquier persona un delito, o haber sido indiciada, convicta, o sancionada por un delito;

   • Imputa a la persona la existencia presente de una enfermedad infecciosa, contagiosa, o repugnante;

    • Tiende a lesionarlo directamente en relación con su oficina, profesión, comercio o negocio, ya sea imputándole una descalificación general en aquellos aspectos en que la oficina u otra ocupación requiere particularmente, o por imputar algo con referencia a su oficina, profesión, comercio, o negocio que tenga una tendencia natural a disminuir sus utilidades.

    • La imputa impotencia o el deseo de castidad.
Contenido curado por Isabel Asolo (Community Manager) HERAS ABOGADOS BILBAO S.L.P.

 

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