jueves, 10 de julio de 2014

LA REFORMA DEL IRPF SUPONDRA UN HACHAZO A LA VENTA DE VIVIENDAS


La plusvalía por la transmisión de pisos pagará miles de euros más, sobre todo los más antiguos.
Quien pretenda vender una casa tiene 6 meses por delante para planificar la mejor fiscalidad.

El anteproyecto de reforma del impuesto sobre la renta que ha elaborado el Gobierno incluye un cambio en la tributación de las plusvalías que en la práctica supondrá un endurecimiento radical de la fiscalidad para quien venda un inmueble, más grave cuanto más antiguo sea este.
El endurecimiento, que puede suponer pagar en el IRPF varios miles de euros más que ahora, no afectará sin embargo a la vivienda habitual. En este caso, la ganancia obtenida seguirá exenta de tributación siempre que se reinvierta en la nueva residencia habitual del contribuyente.
CORRECIÓN DE LA INFLACIÓN / Plusvalía es la ganancia patrimonial que obtiene un contribuyente al vender inmuebles, activos financieros (acciones, fondos de pensiones, etcétera) u otro tipo de bienes (como obras de arte). La plusvalía es la diferencia entre el precio de venta y el de compra, actualizado en función de la inflación acumulada desde su adquisición en el caso de inmuebles.
Precisamente, esta actualización del valor de compra desaparece en la reforma del ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.
Con la ley aún en vigor, el precio de adquisición de una vivienda comprada en el año 2000 por 150.000 euros se elevaría ahora a 188.400 euros a efectos del IRPF tras tener en cuenta el efecto de la inflación. Así, si esa vivienda se vende en el 2014 por 200.000 euros, habría que tributar por la diferencia entre estos 200.000 euros y 188.400. Es decir, habría que tributar por 11.600 euros.
Si, como sucede con la reforma prevista por el Gobierno, desaparece la corrección de la inflación (que se realiza a partir de unos coeficientes que fija la ley de presupuestos del Estado), habría que tributar por la diferencia entre el precio de venta (200.000) y el de compra (150.000), es decir, por 50.000 euros.
La diferencia entre tributar por 11.600 euros (en el 2014) o hacerlo por 50.000 (en el 2015) es enorme.
Si ese inmueble se vende antes del 31 de diciembre, el contribuyente tendrá que pagar 2.660 euros en el IRPF. Si se vende a partir del 1 de enero, pagará 10.880 euros. Es decir, 8.220 euros más, a pesar de que la tarifa del impuesto será menor, según cálculos del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF).
COEFICIENTES DE ABATIMIENTO/ Pero la reforma del Gobierno no solo acaba con la corrección de la inflación. Además pone fin a otros coeficientes reductores de la plusvalía que benefician solo a los propietarios de inmuebles (acciones y otro tipo de bienes) adquiridos antes de 1994.
Son los llamados coeficientes de abatimiento. Hasta la reforma fiscal de 1996, la plusvalía generada por la venta de un inmueble se reducía el 11,1% por cada año que excedía de dos. Así, al cabo de 11 años dejaba de tributar.
A partir de la reforma fiscal del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, desaparecieron estos coeficientes de abatimiento, pero se respetó el derecho adquirido hasta entonces para bienes previos a 1994. El año próximo desaparecerán en su totalidad y eso hace que la venta de estos inmuebles resulte doblemente perjudicada por la reforma fiscal que entrará en vigor el 1 de enero.
Como consecuencia de esta reforma, un inmueble adquirido en 1980 por 9.000 euros que se venda el año próximo por 245.000 euros tendrá que tributar por toda la plusvalía (los 236.000 que resultan de restar al precio de venta el de adquisición) y pagará un total de 55.520 euros.
Pero si ese inmueble se vende en lo que queda del 2014 tendrá que tributar por una plusvalía muy inferior, de 59.551 euros (después de haber aplicado los coeficientes de abatimiento hasta 1996 y la corrección de la inflación), de modo que solo tendrá que pagar 15.359 euros en impuestos por la operación.
Los 40.161 euros de diferencia de este ejemplo aconsejan a quien esté pensando en vender un inmueble planificar muy bien la operación.
ALGUNOS GANAN / Hay casos, no obstante, en que la reforma fiscal podrá beneficiar al contribuyente. Si la vivienda se adquirió hace muy pocos años y apenas se ha acumulado inflación, el contribuyente no sufrirá por la desaparición de este factor corrector y sin embargo sí se beneficiará de la menor tarifa del impuesto, aunque por una cantidad menor.
Así, una vivienda adquirida en el 2010 por 150.000 euros que se venda por 200.000 tendrá que pagar 11.135,70 euros con el actual IRPF si la operación se hace antes del 31 de diciembre, pero tributará 10.880 euros si se ejecuta a partir de enero, con un ahorro de 255,70 euros.


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