jueves, 29 de noviembre de 2018

¿SABES CUÁLES SON LOS PRINCIPALES MOTIVOS POR LOS QUE HACIENDA INICIA UNA INSPECCIÓN?


 


 

Texto recogido para nuestros lectores en el Diario La Ley

 

CEPYME (Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa) ha publicado las razones por las que Hacienda inicia una inspección para poder tenerlas en cuenta y así poder evitarlas.

 

Puede que sea una inspección aleatoria, es decir, fruto del “seguimiento rutinario” por parte de la Agencia Tributaria o, peor, porque haya algo en la actividad o contabilidad empresarial que no le cuadre.

 

En ambos casos, conviene conocer los hechos o causas principales que implican alguna infracción o situación sospechosa y que, por tanto, deben evitarse en la medida de lo posible.

 

1. Devoluciones tributarias excesivas.

 

Las devoluciones elevadas, al realizar alguna declaración tributaria (IVA, retenciones, renta), pueden llamar la atención a Hacienda, por lo que, en estos casos, más vale que estén correctas o se ajusten a las operaciones realizadas.

 

2. Descuadres entre modelos trimestrales y modelos anuales.

 

Estos despistes o errores de cálculo hacen que Hacienda entre en acción, por lo que resulta aconsejable, ya no solo hacerlos bien, sino también repasar y, en su caso, corregirlos antes de presentarlos.

 

3. Solicitud de NIF intracomunitario.

 

Las inspecciones por este motivo, normalmente, se deben a una simple comprobación de datos, teniendo en tal caso que justificar la necesidad de dicho NIF.

 

4. Declaración o no de subvenciones.

 

Hay que tener en cuenta que unas subvenciones están exentas de tributación, y por tanto no deben declararse, pero hay otras que no están exentas y, por tanto también, habrá que declararlas correctamente.

 

5. Dejar sociedades inactivas.

 

Dejar sin actividad una sociedad y crear otra parecida, con los mismos socios, misma actividad y misma sede, está dando más que pistas a una posible inspección por parte de Hacienda.

 

6. No presentar declaraciones.

 

Salvo que no se llegue a los límites que obligan a presentarla, en los demás habrá que hacer la declaración correspondiente, porque sino tendremos a la Agencia encima.

 

7. Exceso de gastos deducibles.

 

Se tiene la tendencia a incluir gastos no relacionados con la empresa, sobre todo en el caso de los autónomos, como comidas, gasolina, gastos corrientes (luz, agua), etc. Algo que Hacienda puede detectar y provocar una inspección, sobre todo cuando los importes deducidos superan a los ingresos.

 

Desde Wolters Kluwer hemos desarrollado una nueva herramienta de Compliance, Check Fiscal, que en tan sólo 2 minutos cruza los datos de la contabilidad con datos que constan en nuestras declaraciones y liquidaciones fiscales y de estas entre sí, de tal manera que es muy sencillo encontrar los errores cometidos y corregirlos. De esta manera podrás adelantarte a la posible actuación inspectora o comprobadora de la AEAT.

 

Check Fiscal realiza rápidos chequeos contables focalizando nuestra atención en los movimientos de las partidas contables que suelen merecer especial atención por parte de la administración tributaria.

 

Además de ello contrasta autoliquidaciones fiscales de IVA, Retenciones y Pagos a cuenta con la contabilidad cargada para detectar posibles errores con consecuencias sancionadoras.

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