lunes, 3 de marzo de 2014

TRIBUNAL SUPREMO-PRODUCTOS FINANCIEROS

“Eres uno de nuestros mejores clientes y tengo algo para que ganes unos euros” Su empresa iba bien. La crisis le estaba apretando, pero seguía con una buena cartera de pedidos. Los ajustes resultaban necesarios porque los márgenes se estaban estrechando, pero sin tener que llegar a extremos traumáticos. En ese contexto, un empresario de Vitoria que prefiere no hacer público su nombre, pese a que el Tribunal Supremo le ha dado la razón y ha anulado los productos financieros que tenía contratados con su banco, recibió una llamada del director de su entidad —“casi mi confesor”, dice para describir la relación que mantenía con él—. “Me dijo por telefono que tenía un producto para sus mejores clientes y que, como yo era uno de ellos, me pasara por la oficina”, recuerda. “En mi caso, el swap no estaba referenciado a ningún credito, aunque sí al euríbor”. Aunque no iba a ganar mucho dinero, al final de año le iba a dejar de rédito “unos euros”. Los productos se llamaban Swap in arrears 3x12 plus y Swap bonificado escalonado con barrera Knock in arrears. “¿Qué significa eso? Pues no tengo ni remota idea. Luego me enteré que el nominal de ese producto era un millón de euros en cada caso”, explica este afectado. El empresario rememora que firmó en una hoja una autorización para que su banco operase, pero sin más literatura. “Era el director de mi entidad, con el que llevaba toda la vida. ¿Cómo no me iba a fiar?”, asume. Este empresario comprobó que, después de varios ingresos y cargos en sus cuentas, obtenía un saldo positivo de entre 100 y 150 euros al año, más o menos, en algún caso algo más. Hasta que de repente vio un cargo de 14.000 euros y después otro por la misma cantidad. “28.000 euros, pero qué es esto”, pensó cuando se los descontaron. Era el director de mi banco. Llevaba con él toda la vida. ¿Cómo no fiarme?” En el momento en que precipitó una reunión con el nuevo responsable del banco, las cosas empezaron a alejarse de los parámetros de la relación entre director amigo y buen cliente, y se adentraron en otros radicalmente diferentes. “Esto es lo que hay. Ese dinero lo tienes que pagar, y esto es lo que firmaste”, le dijeron, tras mostrarle dos contratos de más de medio centenar de folios cada uno. “No daba crédito. Yo no había firmado aquello, solo la última hoja de todo aquello y, de repente, ya no era uno de sus mejores clientes, sino uno de sus mejores morosos”, apunta. El empresario explicó al nuevo director de su banco que, cuando firmó la autorización, estaba convencido de que suscribía un producto sin riesgo, “del que te podías salir cuando quisieras y que, además, no tenía ningún tipo de cláusula gravosa de cancelación”. En aquella reunión con el responsable de su entidad, este afectado se enteró de que sus swaps estaban relacionados al euríbor y que todo lo que ese índice, el más habitual para referenciar los créditos, cayese por debajo de 3,5% le iba a suponer un coste. “Y me enteré de que cancelarlos me iba a costar 228.000 euros”. En 2009, demandó a su entidad y, pese a perder en primera instancia, ganó en segunda y finalmente el Tribunal Supremo le dio la razón, ratificando los criterios que están marcando jurisprudencia en la resolución de casos relativos a este tipo de productos financieros. Si el cliente puede demostrar que no se le explicó bien el producto y no se le trasladó de forma meridiana que podía perder importantes cantidades de dinero, incluso toda su inversión, lo más corriente, si no es un financiero familiarizado con ese tipo de operaciones, es que los jueces fallen en contra de los bancos. El tránsito judicial le ha supuesto varios años a este empresario vitoriano, pero al final ha logrado que le devuelvan las cantidades y revocar los contratos. El banco que le vendió los dos swaps aún no le ha sacado de la lista de morosos. La entidad le cargó como deuda en 2009, en una cuenta que el empresario dejó deliberadamente a cero, una liquidación cercana a 15.000 euros por uno de los productos. “En 2013, ya suponían más de 150.000 euros, una auténtica vergüenza”, concluye. Publicado en el diario EL PAIS 03-03-14

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