Un juzgado de
lo mercantil número 1 de Sevilla ha reconocido que la manipulación del Euríbor
que llevaron a cabo determinadas entidades bancarias entre 2004 y 2012 afecta a
particulares y abre la puerta a que pueden recuperar el dinero cobrado de más
por esta circunstancia.
Un juzgado de
lo mercantil número 1 de Sevilla ha reconocido que la manipulación del Euríbor
que llevaron a cabo determinadas entidades bancarias entre 2004 y 2012 afecta a
particulares y abre la puerta a que pueden recuperar el dinero cobrado de más
por esta circunstancia.
La sentencia,
dada a conocer este jueves por el colectivo OpEuríbor, se centra en la demanda
presentada por un particular contra Barclays Bank SAU, hoy integrado en
Caixabank, por la que reclama la nulidad "por abusivas" de tres
cláusulas contenidas en un contrato hipotecario.
Para
argumentar su decisión, el tribunal se remonta a los inicios del Euríbor y
explica que el 80% de las hipotecas españolas están referenciadas a él, que es
la tasa de referencia de muchos productos financieros y, además, es el reflejo
de la situación económica en cada momento.
También
recoge el informe de la Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en
inglés) y del supervisor de los mercados europeos (ESMA, por sus siglas en
inglés) de 2012 en el que se encuentran los principales indicios de una
manipulación en las publicaciones suministradas por los bancos entre 2004 y
2012.
"Como
consecuencia de todas estas prácticas, la Unión Europea ha impuesto sanciones a
los responsables de que esto sucediera durante tantos años y Bruselas impuso la
mayor sanción de su historia, una suma total de 1.712 millones de euros
repartida entre los implicados", recuerda la resolución jurídica.
Millones de afectados
El juzgado
resalta que la manipulación del índice ha afectado "a millones de
prestatarios" e insiste en que, al igual que en muchos países del mundo,
"muchas familias y empresas han dejado de pagar sus préstamos hipotecarios
ante la imposibilidad de hacer frente a las cuotas".
Asimismo,
recuerda que ante las posibles protestas de los afectados, los reguladores
"echan la vista a un lado" alegando que esta manipulación no afecta a
los usuarios y retoma las palabras del exresponsable de Competencia de la UE
Joaquín Almunia en las que afirmaba que "el dictamen contra los bancos que
participaron en el cártel no abre la vía para que los particulares reclamen
daños y perjuicios por la manipulación del tipo de interés de su hipoteca, dado
que no les afectó directamente".
"Catástrofe para el sector bancario"
A este
respecto, la sentencia añade que Almunia sabía que una posible reclamación
"de la innumerable cantidad de afectados por la manipulación supondría una
auténtica catástrofe para el sector bancario ante la imposibilidad de responder
económicamente".
Un
planteamiento con el que no está de acuerdo el juzgado de lo mercantil que
enjuicia el caso, puesto que da la opción al demandante de que, en ejecución de
sentencia, determine "a qué periodo concreto de la vida de su préstamo con
garantía hipotecaria afectó la manipulación del Euríbor y cuál fue el Euríbor
que se le debió aplicar, con la finalidad de realizar los cálculos procedentes
y que se le restituya, si procede, las cantidades abonadas de más".
Al margen,
anula dos cláusulas más del contrato al considerarlas abusivas, una referida a
intereses moratorios y otra al vencimiento anticipado. Contra esta sentencia
cabe recurso de apelación ante instancias superiores.
Tras
conocerse la sentencia, la asociación de consumidores OCU ha reclamado a la Comisión
Europea que facilite la información sobre el periodo de tiempo en el que tuvo
lugar la manipulación de los índices de referencia y aclare los efectos que
pudo tener "en los millones de contratos hipotecarios de los
europeos" durante ese tiempo.
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