El
Congreso de los Diputados aprobó ayer el último paquete de enmiendas que
termina con la tramitación de la Ley de la Protección a la Infancia y a la
Adolescencia. La nueva normativa -que modifica un total del 20 leyes, entre las
que se encuentran el Código Civil, la Ley de Enjuiciamiento Civil, la Ley de
Adopción Internacional o la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor-
cambia varios aspectos relacionados con los menores. Entre los más destacados,
se encuentran el nuevo sistema de adopción o la creación de un registro de
delincuentes sexuales.
En
cuanto a la acogida, la reforma elimina del proceso la intervención del juez
para los menores de seis años de edad y, ahora, será la Administración la
encargada de alojarlos. Hasta ahora, el recurso de los padres biológicos contra
la declaración de desamparo obligaba a internar a los hijos en un centro.
La
nueva norma establece que puedan vivir con una familia de acogida mientras se
dirime el procedimiento y fija las condiciones mínimas y el funcionamiento para
estas acogidas, en especial las relativas a menores conflictivos. El texto
exige que estas familias sean evaluadas por la Administración y crea un
dispositivo nacional que permitirá que puedan ser adoptados en una Comunidad
Autónoma distinta.
Los
abusadores, 'fichados'
El
Ministerio de Justicia tiene seis meses para regular el Registro Central de
Delincuentes Sexuales que prevé la reforma. El fichero incluirá las condenas
relacionadas con delitos contra la libertad e indemnidad sexuales.
El
listado servirá para acreditar la inhabilitación de estos delincuentes para el
desempeño de profesiones y actividades relacionadas con menores. El Registro
recogerá, entre otros, datos relativos a la identidad y perfil genético (ADN).
Justicia no descarta, además, incluir medidas para facilitar el intercambio de
información con los Estados miembros de la Unión Europea.
Por
otra parte, la Ley reconoce a los hijos de un matrimonio cuyo cónyuge mate al
otro, la pensión de horfandad completa, aunque uno de sus progenitores siga con
vida. Además, la protección a las víctimas de la violencia de género se
extiende también a los menores, que quedarán sujetos a la protección que la ley
establece para sus madres.
Obligación
de informar
El
texto incluye nuevos apartados en relación a los delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, trata de seres humanos y explotación de los menores. La
reforma obligará a todas las personas que tengan conocimiento de que se están
cometiendo estos delitos, a que lo pongan en conocimiento del Ministerio
Fiscal.
Por
otro lado, los que hayan sido condenados por delitos de esta naturaleza, no
podrán trabajar o ejercer actividades que impliquen un contacto habitual con
menores. Con esta medida, la reforma intenta evitar que los condenados puedan
volver a actuar contra los niños.
Deberes
de los menores
La
reforma también introduce una serie de deberes que se les debe exigir a los
menores, tanto en el ámbito general, como en el doméstico, escolar y social. En
este sentido, la Ley establece que "deben participar en la vida familiar
respetando a sus progenitores y hermanos así como a otros familiares".
También
sostiene que "deben respetar las normas de convivencia de los centros
educativos, estudiar durante las etapas de enseñanza obligatoria y tener una
actitud positiva de aprendizaje durante todo el proceso formativo". La
norma exige a la Administración "promover la realización de acciones
dirigidas a fomentar el conocimiento".
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