miércoles, 22 de julio de 2015

EL CONGRESO APRUEBA LA LEY QUE AMPLÍA LA PROTECCIÓN AL MENOR


  
El Congreso de los Diputados aprobó ayer el último paquete de enmiendas que termina con la tramitación de la Ley de la Protección a la Infancia y a la Adolescencia. La nueva normativa -que modifica un total del 20 leyes, entre las que se encuentran el Código Civil, la Ley de Enjuiciamiento Civil, la Ley de Adopción Internacional o la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor- cambia varios aspectos relacionados con los menores. Entre los más destacados, se encuentran el nuevo sistema de adopción o la creación de un registro de delincuentes sexuales.

En cuanto a la acogida, la reforma elimina del proceso la intervención del juez para los menores de seis años de edad y, ahora, será la Administración la encargada de alojarlos. Hasta ahora, el recurso de los padres biológicos contra la declaración de desamparo obligaba a internar a los hijos en un centro.

La nueva norma establece que puedan vivir con una familia de acogida mientras se dirime el procedimiento y fija las condiciones mínimas y el funcionamiento para estas acogidas, en especial las relativas a menores conflictivos. El texto exige que estas familias sean evaluadas por la Administración y crea un dispositivo nacional que permitirá que puedan ser adoptados en una Comunidad Autónoma distinta.

Los abusadores, 'fichados'
El Ministerio de Justicia tiene seis meses para regular el Registro Central de Delincuentes Sexuales que prevé la reforma. El fichero incluirá las condenas relacionadas con delitos contra la libertad e indemnidad sexuales.

El listado servirá para acreditar la inhabilitación de estos delincuentes para el desempeño de profesiones y actividades relacionadas con menores. El Registro recogerá, entre otros, datos relativos a la identidad y perfil genético (ADN). Justicia no descarta, además, incluir medidas para facilitar el intercambio de información con los Estados miembros de la Unión Europea.

Por otra parte, la Ley reconoce a los hijos de un matrimonio cuyo cónyuge mate al otro, la pensión de horfandad completa, aunque uno de sus progenitores siga con vida. Además, la protección a las víctimas de la violencia de género se extiende también a los menores, que quedarán sujetos a la protección que la ley establece para sus madres.

Obligación de informar
El texto incluye nuevos apartados en relación a los delitos contra la libertad e indemnidad sexual, trata de seres humanos y explotación de los menores. La reforma obligará a todas las personas que tengan conocimiento de que se están cometiendo estos delitos, a que lo pongan en conocimiento del Ministerio Fiscal.

Por otro lado, los que hayan sido condenados por delitos de esta naturaleza, no podrán trabajar o ejercer actividades que impliquen un contacto habitual con menores. Con esta medida, la reforma intenta evitar que los condenados puedan volver a actuar contra los niños.

Deberes de los menores
La reforma también introduce una serie de deberes que se les debe exigir a los menores, tanto en el ámbito general, como en el doméstico, escolar y social. En este sentido, la Ley establece que "deben participar en la vida familiar respetando a sus progenitores y hermanos así como a otros familiares".

También sostiene que "deben respetar las normas de convivencia de los centros educativos, estudiar durante las etapas de enseñanza obligatoria y tener una actitud positiva de aprendizaje durante todo el proceso formativo". La norma exige a la Administración "promover la realización de acciones dirigidas a fomentar el conocimiento".





No hay comentarios:

Publicar un comentario