El Juzgado de Primera
Instancia e Instrucción de la localidad canaria de Santa María de Guía ha
impuesto una orden de alejamiento y una multa simbólica de 180 euros a dos
padres por pronunciar amenazas graves contra dos profesores durante el horario
de actividad.
El Juzgado ha decretado que
se trataba de un delito leve de amenazas, recogido en el artículo 171.7 del
Código Penal, los insultos como “zorra, puta, te voy a matar” y “te voy a
romper la boca, estoy harta de ti, mi hija no va a ir más a tu clase”,
proferidos por los progenitores de una de las alumnas del centro.
El incidente ocurrió en mayo
de 2017, al ir a buscar los demandados a su hija a la escuela. Éstos comenzaron
con las amenazas anteriormente citadas contra una de las profesoras, y al intentar
el otro docente que abandonaran el centro, añadieron un “como no te quites de
en medio te voy a partir la boca”.
El STEC (Sindicato de
Trabajadores de Enseñanza de Canarias) ha asumido asesorar jurídicamente y
representar a los dos docentes afectados, los cuáles solicitaron en un primer
momento la ayuda de la Consejería de Educación, que ignoró dicha petición.
Delito de amenazas
El juzgado ha resaltado el
“vergonzoso comportamiento de los denunciados”, añadiendo que demandar una
buena educación para su hija con la actitud de proferir insultos en un centro
de enseñanza donde los alumnos podrían haberlos escuchado, no es el mejor
ejemplo.
Además ha calificado los
comentarios explicados en la sentencia como delito de amenaza, ya que se
hicieron con el objetivo de atemorizar y amedrentar a los docentes.
El órgano ha admitido los
testimonios de los testigos y ha impuesto una multa de 90 euros a cada uno de
los progenitores, así como la obligación de no acercarse a menos de 300 metros
de las víctimas, así como su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro lugar
frecuentado por los denunciantes, por un plazo de seis meses.
Igualmente ha impuesto los
gastos derivados de todo el proceso judicial sobre los padres como los
responsables criminales del caso, ya que así se establece en el artículo 132
del Código Penal.
En un comunicado enviado por
el sindicato canario en relación a la sentencia, se ha criticado la falta de
responsabilidad que la Consejería de Educación está demostrando al no amparar
jurídicamente a los dos profesores afectados, interpelando a la necesidad de
que la institución asuma sus obligaciones y preste “el asesoramiento jurídico
necesario a los docentes canarios”.
Contenido curado por Isabel Asolo
(Community Manager) HERAS ABOGADOS BILBAO S.L.P.
No hay comentarios:
Publicar un comentario