Según los datos recabados por
el CGPJ de los Tribunales Superiores de Justicia, estos órganos judiciales ya
han celebrado desde su puesta en marcha, que tuvo lugar el pasado 1 de junio,
casi 5.000 vistas. En las audiencias previas se fija el objeto del litigio, las
partes proponen prueba y el juez admite las que estima procedentes para
resolver el pleito planteado. Si las partes proponen solo prueba documental, el
asunto queda visto para sentencia. En caso contrario, es necesaria la
celebración del juicio.
Además, los Juzgados
especializados han dictado cerca de 3.500 sentencias en los cuatro meses que
llevan en funcionamiento –el de agosto es inhábil-, cuando el tiempo medio de
respuesta en la jurisdicción civil es de seis meses. El número de demandas ingresadas
hasta el pasado día 5 era de 118.419. La cifra incluye las demandas presentadas
en los órganos judiciales de forma electrónica a través de LexNET en doce de
las trece Comunidades Autónomas que tienen implantado este sistema -Andalucía,
Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Castilla-La Mancha, Castilla y León,
Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia y La Rioja- y en las ciudades autónomas de
Ceuta y Melilla. Esa información ha sido facilitada al Consejo General del
Poder Judicial por el Ministerio de Justicia. En la Comunidad Valenciana se ha
optado por ofrecer las cifras facilitadas por el Tribunal Superior de Justicia,
ya que un elevado número de demandas se presenta por otras vías.
Finalmente, la información
correspondiente a las cuatro Comunidades Autónomas que no tienen LexNET
–Cantabria, Cataluña, Navarra y el País Vasco- ha sido también proporcionada
por los respectivos Tribunales Superiores de Justicia.
El pasado 1 de junio se puso
en marcha el plan de urgencia aprobado por el Consejo General del Poder
Judicial ante el previsible aumento de litigios sobre cláusulas abusivas en
escrituras hipotecarias como consecuencia de la sentencia del Tribunal de
Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 21 de diciembre de 2016 en relación con
las cláusulas suelo.
El plan consiste en la
especialización de Juzgados de Primera Instancia –uno por provincia en la
península y uno en cada una de las principales islas de los archipiélagos
canario y balear- que conocen, de manera exclusiva y no excluyente, de los
litigios relacionados con las acciones individuales sobre condiciones generales
incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo
prestatario sea una persona física.
Estos asuntos se refieren,
entre otros, a cláusulas suelo, vencimiento anticipado, intereses moratorios,
gastos de formalización de hipoteca o hipotecas multidivisa.
De los Juzgados
especializados, el que más demandas ha ingresado desde su entrada en
funcionamiento es el de Madrid, con 25.464. Le siguen el de Barcelona, con
10.362; y el de Valencia, con 5.745.
Con objeto de evaluar la
marcha del plan de urgencia hasta la fecha y de determinar las posibles
necesidades del mismo, el Consejo General del Poder Judicial mantendrá este
lunes a mediodía una reunión con representantes del Ministerio de Justicia y de
las Comunidades Autónomas con competencias transferidas en esta materia.
El encuentro se produce
después de que, el pasado lunes 6 de noviembre, el órgano de gobierno de los
jueces estudiara con una representación de los jueces decanos el funcionamiento
de los órganos judiciales especializados y las necesidades de medios personales
y materiales.
Contenido curado por Isabel Asolo
(Community Manager) HERAS ABOGADOS BILBAO S.L.P.
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