El Consejo Fiscal ha emitido una nota, a la
finalización de su reunión de hoy, según la cual, “la actual tesitura no
permite a los fiscales asumir con seguridad la parcela de responsabilidad que
les corresponde en la tramitación en plazo de los procedimientos penales”.
La nota añade que “Considerando los medios actuales,
los términos del artículo 324 de la LECrim. resultan de difícil o imposible
cumplimiento.”
Los fiscales han realizado un enorme
esfuerzo de revisión
El Consejo Fiscal sale así al paso de la actual
situación, que obliga a los fiscales a un “enorme esfuerzo” de revisión de las
causas penales, en cumplimiento del citado art. 324, que impone que las
diligencias de instrucción se practicarán en un plazo máximo de seis meses
desde la fecha del auto de incoación del sumario o de las diligencias previas.
“No obstante, continúa el precepto, antes de la
expiración de ese plazo, el instructor a instancia del Ministerio Fiscal y
previa audiencia de las partes, podrá declarar la instrucción compleja a los
efectos previstos en el apartado siguiente cuando, por circunstancias
sobrevenidas a la investigación, ésta no pudiera razonablemente completarse en
el plazo estipulado o concurran de forma sobrevenida algunas de las
circunstancias previstas en el apartado siguiente de este artículo.”
El Consejo Fiscal considera que el problema surge por
la falta de atribución definitiva de la investigación de los delitos al
Ministerio Fiscal.
Difícil o imposible cumplimiento de
los plazos legales
En su opinión, “la actual tesitura no permite a los
fiscales asumir con seguridad la parcela de responsabilidad que les corresponde
en la tramitación en plazo de los procedimientos penales.”
Por ello, considerando los medios actuales, “los
términos del artículo 324 resultan de difícil o imposible cumplimiento, máxime
en ausencia de la prometida instrucción al cuerpo de Letrados de la
Administración de Justicia.”
Con la información disponible, se señala además, las
fiscalías no pueden conocer el cambiante volumen de asuntos pendientes en los
juzgados españoles, datos que sólo constan en cada uno de ellos, de modo que no
es posible asegurar con certeza que a 6 de junio se hayan revisado todas las
causas en tramitación, ni que el control pueda seguir realizándose en el futuro
de manera completa.
Por todo ello, el comunicado concluye solicitando que
“se adopten las medidas adecuadas para corregir esta situación.”
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