Expresión anglosajona que se corresponde con una estrategia
defensiva en el caso de que una empresa sea objeto de una oferta pública de
adquisición de acciones (OPA) de tipo hostil.
La estrategia consiste en que con carácter previo a que se
presente la OPA, la sociedad afectada ha emitido opciones de compra a favor de
los accionistas de la propia empresa, las cuales les permiten adquirir acciones
de la misma a mitad del precio del mercado. La condición para que puedan
ejercitarse las opciones es que se produzca una actitud hostil por parte de un
inversor no deseado. El límite, por ejemplo, se puede poner en un 20%; es
decir, que si un inversor llega a adquirir el 20% de los derechos de voto de la
empresa, la opción puede ejecutarse, y los accionistas antiguos de la sociedad
afectada pueden comprar acciones a la mitad de su valor, lo cual encarecería
notablemente el coste de adquisición de la empresa en el caso de que el
inversor no deseado pretendiera hacerse con el control de la misma.
Obviamente, para que la estrategia sea eficiente, este derecho
ha de ejercitarse antes de que la empresa sea controlada por el oferente. Como
dichas opciones no se han otorgado a las acciones adquiridas por el oferente
hostil, se desincentiva totalmente el que pueda seguir adquiriendo acciones de
la compañía.
En
la actualidad se considera a la estrategia "flip-in" como
la medida de defensa más eficaz contra una OPA hostil, siendo ampliamente
aceptada por los tribunales americanos (que es donde más operaciones de este
tipo se dan a nivel mundial) siempre que se demuestre que se realiza en defensa
de la empresa. Un ejemplo puede ser el caso de Unocal frente a la Opa hostil de
Mesa.
La
estrategia "flip-in" puede
multiplicar su poder disuasorio combinándola con una estrategia "flip-over".
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