lunes, 21 de diciembre de 2015

LAS CUATRO ASOCIACIONES JUDICIALES PRESENTAN UNA PROPUESTA UNITARIA PARA LA MEJORA DE LA JUSTICIA


  
Las asociaciones judiciales Asociación Profesional de la Magistratura, Asociación Judicial Francisco de Vitoria, Jueces para la Democracia y Foro Judicial Independiente, han hecho público un comunicado en el que presentan una propuesta unitaria en relación con la Justicia.
Se trata de un documento de excepcional importancia, por cuanto no es frecuente que las cuatro asociaciones judiciales, que representan a la práctica totalidad de los profesionales del sector y, por tanto, a criterios e ideologías diferentes, se manifiesten con una sola voz sobre las necesidades de la Justicia en nuestro país.
Bajo el título “La Justicia no puede seguir siendo la gran olvidada”, el documento comienza señalando que “A lo largo de los últimos treinta años, la sociedad española ha podido comprobar cómo la Justicia sigue siendo la gran olvidada”, lo que ha determinado que “Propuesta esenciales para su mejora, formuladas en muchas ocasiones desde el sentir unánime de la Carrera Judicial, no han encontrado otro destino que el cajón o, directamente, la papelera, al extremo de convertirse en tópicos o lugares comunes que, en cada convocatoria electoral, volvemos a escuchar”.
Por ello, ante la proximidad de la nueva cita electoral y el comienzo de la próxima legislatura, las asociaciones judiciales creen necesario “recordar y plantear dichas propuestas, con la esperanza de que, esta vez sí, puedan ser acogidas, si es que de verdad las fuerzas políticas creen que los ciudadanos merecen una Justicia de calidad.”
El contenido de la propuesta se basa en los siguientes nueve puntos:
1. La necesidad de un Pacto de Estado sobre la Justicia
Los jueces consideran que la Justicia constituye un servicio público de primera magnitud que, al ser uno de los tres poderes del Estado y estar destinado a garantizar el correcto funcionamiento de los otros dos, “la Justicia es una prioridad, como la sanidad o la educación” que “no puede estar al albur de los vaivenes e intereses políticos”.
De ahí, continúa el comunicado “la necesidad de elaborar, entre todos los grupos políticos y con intervención de los operadores jurídicos –jueces, fiscales, abogados…-, unas bases que constituyan puntos de encuentro sobre la Justicia que queremos”, “desde un escenario en el que todos, o al menos la inmensa mayoría, se sientan representados”.
Este Pacto de Estado habría de articularse sobre los ejes que seguidamente se exponen, sin perjuicio de cualesquiera otros que pudieran surgir.
2. Un nuevo modelo de Carrera Judicial y de organización territorial y funcional de la Administración de Justicia
La organización actual de la Administración de Justicia es obsoleta y las sucesivas reformas no han conseguido dar respuesta a las demandas y necesidades de una sociedad moderna.
En este sentido, las asociaciones judiciales consideran que es “necesario diseñar un nuevo modelo organizativo, revisar el sistema de categorías profesionales para facilitar y estimular la promoción profesional, implantar los tribunales de instancia en la primera línea –con estricto respecto a los principios de independencia e inamovilidad, estructurado por órdenes jurisdiccionales y presididos por un decano elegido por los compañeros-, una nueva distribución territorial acomodada a la realidad social, política, económica y demográfica, y una oficina judicial que realmente sirva como instrumento de asistencia y apoyo a actividad jurisdiccional –y no como un fin en sí mismo o herramienta de control al servicio de otros intereses-.”
3. La implantación de mecanismos que fortalezcan la credibilidad de la Justicia y la confianza del ciudadano en sus tribunales
Las asociaciones consideran que “Uno de los problemas más graves que padece nuestra Justicia es la apariencia de politización que, aunque no responde a una realidad tangible, ha calado en el sentir social.”
Por ello, “Es preciso reforzar la imagen de independencia  de los jueces y la credibilidad del sistema, evitando y saliendo al paso de cualquier situación que pueda hacer pensar tanto en una justicia politizada, como en la judicialización de la política.”
Y, en particular, se apunta claramente a que “el Consejo General del Poder Judicial ha de quedar al margen de las tensiones políticas, lo que no pasa desde luego por su desaparición, sino por potenciar sus competencias y asegurar que la elección de sus miembros, su composición y régimen de funcionamiento, responden al objetivo que justificó su creación: disponer de un órgano que garantizase la independencia judicial frente a cualquier injerencia externa de los demás poderes públicos y de terceros, para lo cual se considera imprescindible recuperar la elección directa de los vocales judiciales por los propios jueces con criterios de proporcionalidad, la dedicación plena de todos los vocales y las competencias necesarias para el desarrollo de su función constitucional.” 
4. La redefinición y coordinación del régimen de competencias en materia de Administración de Justicia
Sobre este tema las asociaciones firmantes consideran que “A raíz de la sentencia del Tribunal Constitucional que distinguió entre la Administración de Justicia, como competencia estatal, y la administración de la Administración de Justicia, como competencia susceptible de ser asumida por las CCAA, hoy nos encontramos con un régimen competencial distorsionado e ineficaz. “
La realidad demuestra que, unas veces por  haberse utilizado como arma arrojadiza entre el Estado y las CCAA,  y otras veces por el diferente interés que ha suscitado en las Administraciones autonómicas, actualmente existe una Justicia con diferencias crecientes en función de la Comunidad de que se trate, lo que crea ciudadanos de primera y ciudadanos de segunda en lo que se refiere al servicio público.
Por ello, concluyen las asociaciones firmantes “Es menester afrontar el problema,  redefinir y clarificar el sistema de competencias, así como asegurar la debida coordinación entre las Administraciones estatal y autonómica, de forma que se trabaje en la misma dirección”.
5. Plan de inversión económica
Bajo los principios de estabilidad y compromiso del Estado y de las Comunidades Autónomas con competencias asumidas en materia de Administración de Justicia, ha de elaborarse un plan de inversiones distribuido a lo largo de varias legislaturas, que permita dotar a la Administración de Justicia de los medios imprescindibles para asegurar una Justicia ágil, eficaz y de calidad, asignando un porcentaje de los Presupuestos Generales del Estado y exigiendo que cada reforma legal vaya acompañada de una memoria económica, auditada por expertos independientes, y un proceso de implantación adecuado a las circunstancias.
Todo ello debe partir de una perspectiva de la Justicia como servicio público, que sea accesible a la ciudadanía, sin discriminar a nadie por razones económicas y sin obstáculos que impidan o dificulten el acceso a la justicia a los particulares y a las pequeñas y medianas empresas.
6. Plan de ampliación de la planta judicial garantizado
En paralelo a la configuración de una nueva estructura y sea cual fuere el modelo a seguir, ha de elaborarse un programa de ampliación de la planta judicial a medio y largo plazo, que no se limite a conjugar la pérdida vegetativa, sino que aspire a situar la ratio de jueces en España en términos ajustados a los países de nuestro entorno, como medio para garantizar la prestación de un servicio de calidad.
7. Condiciones profesionales dignas
Los jueces consideran que “en unión de otros operadores jurídicos, han venido supliendo las carencias del sistema con su dedicación y esfuerzo, pero este voluntarismo no puede perpetuarse en el tiempo.”
Por ello “Hay que establecer las condiciones adecuadas para que los jueces puedan desempeñar su función con las debidas garantías, en beneficio del ciudadano, lo que pasa por afrontar extremos como la salud laboral, los riesgos y enfermedades profesionales, la igualdad de género, la mejora del régimen de sustituciones, el volumen de trabajo y un régimen retributivo acorde con la responsabilidad y categoría profesional del puesto y la función desarrollada.  Entretanto, debe cumplirse en sus propios términos la previsión contenida en la Disposición Adicional 1ª de la Ley 15/2003.”
8. Modernización tecnológica
Si bien la Ley 18/2011 y, sobre todo, las recientes reformas de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, han apostado decididamente por la implantación de las nuevas tecnologías en la Administración de Justicia, lo cierto es que  la mera publicación de la ley puede no ser suficiente si no se resuelven previamente otras cuestiones previas.
En primer lugar, la tan largamente debatida compatibilidad de los sistemas informáticos procesales. La dispersión de modelos según las Comunidades autónomas sigue sin permitir, como mero ejemplo, la interoperabilidad o comunicación entre los órganos judiciales. Hoy existen hasta ocho aplicaciones informáticas distintas entre las diferentes CCAA, por supuesto incompatibles entre sí.
Pero hay otros ejemplos de facetas necesitadas de una verdadera apuesta (ordenada y sistematizada con criterio) por la modernización. La regulación homogénea de la sede judicial electrónica, la puesta a disposición de los órganos judiciales de tecnología realmente operativa, el acceso inmediato a archivos y registros electrónicos públicos… Todo ello exige planificación, coordinación, inversión y voluntad política real.
9. Reformas procesales y sustantivas
Los jueces parten de la premisa de que “existen ciertas materias que, por su trascendencia en la vida diaria de los ciudadanos, exigen la búsqueda de puntos de encuentro a fin de concitar la mayoría política y social en la reforma, así como de que “las disposiciones procesales se configuran como las reglas del juego en materia de Justicia, y, por tanto, su reforma impone igualmente cierta prudencia y visión de futuro.”
Unas y otras precisan revisiones profundas, pero esas modificaciones requieren un diagnóstico previo de los problemas, para a continuación buscar soluciones consensuadas que, en un marco global, se implanten de manera ordenada. No cabe legislar en caliente ni para resolver un caso concreto.
Hay que modificar la práctica de reformas legislativas parciales y a corto plazo, que no vienen acompañadas de ninguna dotación presupuestaria específica  y se imponen sin responder a ninguna planificación o proyecto común. En el mismo sentido, reformas legales como la del Estatuto de la Victimase convierten en papel mojado si no vienen acompañadas de los recursos necesarios.
Por ello, concluye la propuesta, “es necesario hacer un análisis en profundidad con todos los operadores, que permita abordar una reforma global, por áreas, pero siempre pensando de dónde venimos y a dónde queremos ir, así como en la necesidad de acompasar esas reformas a los recursos existentes o previsibles a corto plazo.”


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