¿Han remado alguna vez? Sabrán que si el mar se encrespa es
vital evitar que entre agua en el barco, añada peso y complique la navegación.
Algo así ocurre con las empresas en etapas de crisis, con dificultades de
tesorería por el menor consumo, los impagos y las restricciones crediticias: el
lastre de la deuda se vuelve excesivo.
Cuando los problemas de liquidez persisten, debe acometerse la
renegociación global y planificada de las deudas, vía proceso concursal.
Retrasar la decisión dilata el problema y la deuda, haciendo ineficaz el
concurso. La nave se anega y se hunde. Las estadísticas cantan: tras 10 años de
Ley Concursal, más
del 90% de procesos acaban en liquidación.
El retraso es consecuencia del tamaño de los deudores -en
general, pymes-, con reducido poder de negociación frente a sus
principales acreedores y menor profesionalización en la gestión. Se genera así
un rechazo al concurso, por temor a limitaciones crediticias o restricciones en
la contratación pública o privada; se negocia individualmente con los
acreedores necesarios, y se fuerza al límite la situación financiera, fracasando
el posterior y tardío concurso.
IR A CONCURSO A TIEMPO
Las bondades de un concurso a tiempo son indudables: se evita
acumular mayor deuda, comprometer patrimonio, deteriorar las relaciones
comerciales y financieras, y aumentan las posibilidades de alcanzar un convenio
con los acreedores, por el menor sacrificio de éstos.
Algo sencillo de entender, pero que no ha sido afrontado por el
legislador. Tras numerosas reformas -con dispar fortuna-, en las que se ha
atendido más a los intereses de las entidades de crédito y de algún que otro
gran deudor, no se ha resuelto el principal problema. El reciente RDL 11/2014,
de medidas urgentes en materia concursal vuelve a plasmar este alejamiento de
la realidad. De nuevo se complica la norma sin atender a las necesidades de
pymes y autónomos, desprotegiendo al acreedor no financiero. Parece olvidarse
que la normativa concursal tiene como objetivo fundamental el pago ordenado a
los acreedores, siendo la viabilidad del deudor la herramienta preferida para
alcanzarlo (jurisprudencia dixit). El objetivo queda lejos, los
acreedores no cobran y surgen nuevas insolvencias.
Dada la utopía de esperar un cambio de mentalidad a estas
alturas, el cambio ha de forzarse desde arriba, con medidas que combinen
aspectos restrictivos y positivos, fomentando solicitudes tempranas de
concurso, único modo de que la normativa cumpla su finalidad.
Respecto a las primeras, me remito al documento que la
Organización de Inspectores de Hacienda presentó en junio pasado, destacando:
el retraso del concurso de entidades con agravamiento de insolvencia como causa
tasada de culpabilidad, con responsabilidad de sus gestores; la responsabilidad
tributaria solidaria hacia administradores de empresas que incumplan
reiteradamente sus obligaciones sin solicitud de concurso; y la inadmisión de
aplazamientos dilatorios en situaciones de déficit estructural.
Apoyo al deudor
Medidas que deben complementarse con el decidido apoyo al deudor
que solicite el concurso en el plazo legal, levantando el estigma que pesa
sobre estos procesos. Medidas dirigidas a la agilización y reducción de costes
procesales, las facilidades financieras y administrativas (certificaciones,
acceso a contratación y ayudas públicas), y la eliminación de privilegios en
los créditos de los acreedores, medida factible porque anticipar el concurso
reduce la deuda pendiente y facilita exigir menores quitas.
Otra cuestión en debate es la actitud de la AEAT ante los
convenios. Los deudores en concurso suponen ya un 15% de las cantidades
pendientes de cobro, siendo poco más del 1% del censo. Esta situación deriva
del uso reiterado de la figura del aplazamiento como primera vía de escape ante
dificultades de tesorería. Se trata de un notable vía de agua en las finanzas
públicas cuya recuperación ha cobrado relevancia.
El hecho de que el apoyo de la AEAT a los convenios sea
excepcional se debe a la deteriorada situación financiera de las empresas y
también a la falta de negociaciones o de transparencia en las mismas. Influye
la problemática expuesta, con impagos sistemáticos y retraso en reconocer la
situación de insolvencia estructural. Pero, como ha dicho la directora del
Departamento de Recaudación, si hay una "propuesta en firme" y se
considera que "la viabilidad garantiza mejor el pago de la deuda
tributaria", se pueden "estudiar" las propuestas. Nada nuevo
bajo el sol, pues ya lo hacemos desde hace años.
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