En el BOE del 11 de noviembre se ha publicado la Orden
ESS/2098/2014 (LA LEY 17016/2014), de 6 de noviembre, que modifica
el modelo de recibo individual de salarios incluido en el anexo de la Orden de
27 de diciembre de 1994.
La modificación obedece a la necesidad de dar cumplimiento
al artículo
104.2 de la Ley General de la Seguridad Social (LA LEY 2305/1994), en
su redacción dada por la D.A.
26ª de la Ley 27/2011, de 1 de agosto (LA LEY 15918/2011),
sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad
Social, que tuvo efectos de 1 de enero de 2013.
Concretamente,
dicha modificación añadió un segundo párrafo al apartado, con la siguiente
redacción:
«En los justificantes de pago de dichas retribuciones, el
empresario deberá informar a los trabajadores de la cuantía total de la
cotización a la Seguridad Social indicando, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 103.2, la parte de la cotización que corresponde a la aportación del
empresario y la parte correspondiente al trabajador, en los términos que
reglamentariamente se determinen.»
Lo
expuesto no se ha aplicado hasta ahora, en que el modelo de nómina o recibo de
salarios únicamente contenía la base de cotización y el tipo de retención
correspondientes a la aportación del trabajador, pero no la aportación del
empresario.
Con la modificación que se lleva a cabo, se añade el detalle de la aportación a la cotización que realiza el empresario,
así como del importe de las horas complementarias.
Se establece un periodo de seis meses a
contar desde el 12 de noviembre de 2014 para que las empresas adapten los
modelos que vengan utilizando.
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