lunes, 30 de enero de 2017

ADMISIÓN DE UN PANTALLAZO APORTADO POR EL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO COMO MEDIO DE PRUEBA PARA JUSTIFICAR LA DENEGACIÓN DE SUBSIDIO DE DESEMPLEO.





La denominada captura de pantalla o pantallazo informático es uno de los medios de prueba comprendidos en el art. 90.1 LRJS, al aludir a los procedimientos de reproducción de la palabra, de la imagen y del sonido o de archivo y reproducción de datos; medio probatorio también admitido en el art. 299.2

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