martes, 21 de junio de 2016

LA NUEVA NORMA CONTABLE DE ARRENDAMIENTOS DISPARA LOS ALQUILERES



  

La nueva norma contable que entrará en vigor en enero de 2019, cambia la forma de contabilizar los arrendamientos, tanto inmobiliarios como de otros activos.

Este año se aprobó una nueva norma contable que va a suponer un impacto contable para las compañías de todo el mundo cuando entre en vigor en enero de 2019. Este impacto se deriva de un cambio en la forma de contabilizar los arrendamientos, tanto inmobiliarios como de otros activos.

Actualmente, las empresas computan esas rentas en la partida de gastos de su cuenta de pérdidas y ganancias por ejemplo mes a mes, como si se tratase del abono del alquiler de un piso. Con el nuevo estándar, las compañías cotizadas deberán incluir todo el coste futuro de sus contratos de alquiler en su balance, como un activo y un pasivo, lo que les supondrá un aumento del nivel de deuda.

Según el IASB, la nueva normativa de reporte de información financiera tendrá un impacto al alza en el endeudamiento conjunto de las compañías de todo el mundo de unos 3 billones de dólares (2,7 billones de euros). La norma afectará inicialmente a las empresas en Bolsa y las que no cotizan pero operan en el extranjero. Si el regulador español adaptase la norma nacional, también sería de aplicación al resto de sociedades mercantiles.

Ahora bien, unos sectores se verán más afectados que otros por su mayor recurso al alquiler. Empresas de distribución como Inditex y Dia tendrán que computar como deuda el alquiler de locales comerciales y almacenes. Los bancos harán lo mismo con sus sucursales y sedes en ese régimen, las aerolíneas (IAG y Air Europa) con las flotas de aviones en «leasing» y las cadenas hoteleras (Meliá) con los hoteles de terceros. Otros sectores afectados son el de las telecomunicaciones (Telefónica), por sus redes y torres, y el energético (Iberdrola), por los terrenos donde se instalan los parques eólicos.

Muchas compañías usan el alquiler de esos activos como una fórmula indirecta de financiación de los mismos. De ahí que la norma de información considere que se deben computar como un pasivo. Uno de los objetivos es asegurar la comparabilidad entre empresas con más y menos arrendamientos.

Las empresas deben identificar los activos que usan en alquiler y la duración de los contratos y determinar las cuotas que tendrá que abonar a su arrendador en el futuro. Esa cuantía la anotarán en el activo como un derecho de uso, y en el pasivo como deuda.

El regulador solo ha excluido de ese cómputo los alquileres por un plazo de duración inferior a un año y la de aquellos bienes de poco valor, como ordenadores y equipamiento de oficina. A esta salvedad, por ejemplo, no se podrán acoger las flotas de vehículos arrendadas por «renting» o «leasing».

Al dejar de computar los arrendamientos como un gasto, las cuentas experimentarán una mejora de costes y por tanto de resultados. Ahora bien, el incremento de deuda es más perjudicial. Hasta el punto de que, según los expertos contables, esos mayor niveles de deuda pueden afectar a la capacidad de las sociedades para repartir dividendo entre sus accionistas.
Diario La Ley, Nº 8783, 15 de Junio de 2016.

No hay comentarios:

Publicar un comentario