Es
probable que una de las partes desee quedarse con la propiedad de la vivienda.
En este caso, la fórmula más adecuada y económica es la extinción del
condominioEn
2015, más de 120.000 parejas disolvieron
su matrimonio, se separaron o se divorciaron, según
datos del INE. A esta cantidad habría que sumar la cifra indeterminada -no hay
estadísticas que recojan el dato- de aquellas parejas que, sin estar
casadas, decidieron poner fin a su relación. Muchas de estas frustradas
parejas, en un pasado en el que se imponía el amor, decidieron comprar casa juntos.
Una casa que cuando llega el doloroso momento de la
separación se convierte en un auténtico quebradero de cabeza. ¿Qué pasa con
la vivienda que fue adquirida
con tanta ilusión por ambas partes?, y más importante aún, ¿qué pasa
con la hipoteca? Ante estas situaciones,
son varias las opciones sobre la mesa.
En
primer lugar, y en un contexto como el actual de recuperación del mercado inmobiliario, una de las
opciones puede ser poner a la venta la vivienda y con el importe obtenido de la
transacción cancelar
la hipoteca y dividir las ganancias. Si compramos en el pico de la
burbuja y el dinero obtenido no es suficiente para cancelar la deuda con el
banco, será necesario repartirse las pérdidas. En este caso, también es
posible intentar la dación en pago con la
entidad financiera. No obstante, y aunque estos procedimientos han ido en
aumento en los últimos años, es posible que el banco no acceda a ello.
Extinguir el condominio
Por
otro lado, es probable que una de las partes desee quedarse con la propiedad de la vivienda. En este caso, la fórmula más
adecuada es la extinción del condominio. Una forma
de transmisión que, desde el punto de vista fiscal, resulta mucho más barata
que vender nuestra parte de la casa a la pareja que quiere quedarse con ella.
Esta operación tributa por Actos Jurídicos Documentados (AJD), aplicando
entre un 0,5% y un 1% (según la Comunidad Autónoma) sobre el valor real de los
bienes adjudicados, más gastos notariales, en lugar del 6%-7% que se paga
si se instrumenta como una compra-venta.
Para
un piso valorado en 100.000 euros, el ahorro puede rondar los 7.000 euros
Para
que nos hagamos una idea, para un piso valorado en 100.000 euros, el ahorro puede rondar los 7.000 euros
solo en lo que a la transmisión del 50% de la casa se refiere.
"Es
una forma de transmisión. De hecho, ambas operaciones, tanto la venta de la vivienda como la extinción del condominio, se realizan ante
notario, pero, a nivel fiscal, esta última fórmula es mucho más
económica. En ambos casos, una de las partes deja de ser propietaria de
la vivienda y traspasa su parte a la expareja. Se firma ante
notario y no se necesita la autorización del banco", si la
persona que cede su proindiviso recibe
más dinero de lo que vale su parte, deberá tributar por
ese incremento de patrimonio en el IRPF.
Pero ¿qué pasa con la hipoteca?
Al extinguir el condominio, una de las partes deja de
ser propietaria de la vivienda, pero se mantiene como titular del préstamo hipotecario y debe hacer
frente a las obligaciones con el banco.
"Es
muy frecuente que las parejas, cuando se separan o se divorcian, resuelvan el
tema de la casa y, sin embargo, se olviden de la hipoteca, lo que da lugar a situaciones en las que una
parte ya no es propietaria de la casa pero
sigue teniendo una deuda con el banco, teniendo que responder ante ella con
todos sus bienes presentes y futuros", apunta Monserrat. "Y, llegados
a este punto, la decisión depende totalmente del banco, que es quien debe
acceder a quitar a un titular de la hipoteca y, por
tanto, perder a una de las garantías del préstamo".
De
ahí que no siempre las entidades financieras estén dispuestas a ello.
"Durante la crisis, muchas parejas que decidieron separarse tuvieron muy
complicado que el banco accediera a ello. Cuando lo hacían, encarecían las hipotecas y pedían
más avalistas. Hoy en día, con la mejora económica, son más proclives a ello.
No obstante, solo acceden si el hipotecante que
se queda como titular de la deuda es el más solvente de los dos y está
dispuesto a pagar un tipo de interés más elevado, lo que da lugar a que
la negociación entre el banco y el cliente esté bastante
descompensada".
En
este sentido, la recomendación de los expertos es acudir al banco y solicitar
la novación de la hipoteca y, una vez aprobada,
llevar a cabo la extinción del condominio,
realizando ambos trámites al mismo tiempo ante un notario.
Al
extinguir el condominio, una de las partes deja de ser propietaria de la
vivienda, pero se mantiene como titular de la hipoteca
"De
la misma manera que cuando compramos una casa acudimos
ante un notario para firmar las escrituras de compraventa y las escrituras del
préstamo hipotecario, tendremos que firmar ante notario la extinción del
condominio y la supresión de uno de los titulares en la hipoteca y, de nuevo,
llevar los papeles al registro para que quede constancia de ello".
De no
llevar a cabo estos trámites, podemos llevarnos una desagradable sorpresa
si nuestra ex pareja no paga al banco, que puede embargarnos la
nómina y nuestras propiedades. Y aunque pague, tendremos problemas, por
ejemplo, si queremos solicitar otro préstamo, ya que figuraremos como deudores de la hipoteca antigua.
Problemas cuando hay avalistas
Dejar
de figurar como titular en una hipoteca se puede complicar cuando existen avalistas. Pongamos
un ejemplo. Imaginemos que fueron los padres de ella los que actuaron como
avalistas en la operación de compraventa de la vivienda.
Tras la separación, es él quien se quiere quedar con la casa. Pero a él no le
avalaron sus padres. En este caso, podría darse el caso de que el banco acepte
que ella deje de figurar como titular de la
hipoteca pero no así los avalistas, es decir, sus padres.
"De ahí que mi recomendación sea siempre que cuando se va a comprar una casa y va a haber avalistas, que los
haya por ambas partes",
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