· La reforma fiscal prevé nuevos incentivos para que las compañías
aumenten sus fondos propios
· Las medidas se suman a los cambios aprobados para evitar la
quiebra de sociedades demasiado endeudadas
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Cuando estalló la crisis
en España, todos los expertos sin excepción llamaron la atención sobre dos de
los lastres que podían torpedear la salida de la recesión: el elevado
endeudamiento de empresas y familias. La evolución que registraron después las
principales variables macro así lo demostraron. El consumo y la inversión, los
dos grandes pilares del crecimiento se desplomaron porque si hay algo que hogares
y empresas no dejan de pagar mientras pueden son sus obligaciones con el banco.
El resto, consumo o inversiones que generan empleo, podía esperar. Y esta
situación retroalimentó a la propia crisis.
El cerrojazo del crédito
hizo a comienzos de la crisis que el total de deuda bajara casi sin hacer nada
(los préstamos que iban amortizándose restaban del global acumulado). De hecho,
las cifras que publica periódicamente el Banco de España demuestran que en los
más de cuatro años que transcurren desde los picos de 2006/2007 hasta finales
de 2011, el nivel de endeudamiento se redujo 3,7 puntos porcentuales, incluso
contabilizando ligeros repuntes en 2010 y 2011.
Sin embargo, solo entre
2012 y 2013 la ratio ha disminuido otros 7,3 puntos, casi el doble en la mitad
de tiempo, hasta situarse en un 111%, el nivel más bajo desde 1998. ¿Qué ha
ocurrido para que el desapalancamiento se haya acelerado tanto? Los expertos
consultados recuerdan que han sido claves las medidas adoptadas por Hacienda en
2012, orientadas a desincentivar fiscalmente el endeudamiento de las empresas.
Sobre todo, destacan la limitación a la deducibilidad de los gastos financieros
y los incentivos a la capitalización empresarial por la nueva deducción por
reinversión de los beneficios empresariales.
En esta misma línea, se
enmarcan las deducciones previstas para la inversión en nuevas empresas, el
denominado capital semilla o business angels, aprobadas en la Ley de
Emprendedores.
Capitalización
Y la futura reforma
fiscal que entrará en vigor el próximo mes de enero continúa en esta dirección.
Por un lado, mantiene la limitación a la deducción de gastos financieros en el
equivalente al 30% del beneficio operativo. Y por otro, incluye nuevos
incentivos a la inversión por la reserva de capitalización. Se trata de hacer
justo lo contrario de lo que se había venido impulsando hasta ahora, que era
que las empresas desarrollaran su actividad con crédito.
Así, a partir del
próximo ejercicio, dicha reserva de capitalización establecerá la posibilidad
de destinar el 10% de los beneficios de la compañía a una reserva indisponible
dentro de los fondos propios de la sociedad que no exige la inversión en
activos concretos, pero debe mantenerse durante cinco años.
En opinión de los
técnicos de Hacienda, “esta medida favorece el fortalecimiento de la empresa al
apostar por una financiación basada en su capital propio frente a la
financiación ajena, un ahorro para futuras inversiones y, gracias a ello, el
crecimiento de las mismas”. Las pymes, además, van a contar con un tratamiento
especial. Podrán reducir hasta un 10% su base imponible siempre que constituyan
también una reserva indisponible, cuyo límite será de un millón de euros.
Al tiempo que ahorran en
el pago de impuestos, mejoran su situación financiera, de forma que pueden
crecer más y soportar mejor las pérdidas futuras, admiten distintas
asociaciones patronales. Otro dato que confirma este cambio de rumbo es el
desplome del volumen de préstamos concedidos a empresas, que ha pasado de 1,26
billones en 2011 a 1,03 billones en julio de 2014, más de 200.000 millones
menos.
Las cifras del
supervisor también revelan cómo ha sido ese proceso de desapalancamiento en las
empresas según su tamaño y sector de actividad. Aunque solo con datos hasta
2012, se comprueba que las medianas y pequeñas compañías mantienen ratios de
deuda del 87,5% y 88,2%, respectivamente sobre sus fondos propios, niveles
desconocidos en la serie histórica que se remonta a 1995 y que llegaron a
alcanzar máximos del 111,4% y 122,4%, en 2000.
Las grandes
corporaciones, por su parte, también han reducido su nivel de apalancamiento
desde los máximos de casi el 141% al 136,4%. Por actividad, las constructoras
siguen siendo las más endeudadas, con diferencia, ya que su ratio medio es del
246%, todavía en máximos. Y las menos, las energéticas, con el 95,7% y bajando.
Dentro de las reformas emprendidas por el Gobierno
para corregir esa histórica predilección de las empresas por financiarse solo
con crédito el primer paso fue desincentivar fiscalmente el endeudamiento, pero
había que dar una solución a las compañías que ya se habían apalancado en
exceso. Dada la gravedad de la crisis y la merma de su negocio, muchas de ellas
veían peligrar su continuidad por la inasumible losa en la que se había
convertido su deuda.
En marzo, se aprobó un real decreto que contenía
medidas fiscales para favorecer los acuerdos de reestructuración de deuda de
las empresas en el impuesto sobre sociedades y el impuesto sobre actos
jurídicos documentados (AJD). Así, en las capitalizaciones de deuda dejará de
producirse en el deudor una ganancia patrimonial tributable cuando dichas
deudas hayan perdido valor respecto de su nominal. Fuentes de Hacienda explican
que de esta forma el tratamiento fiscal se aparta del tratamiento contable,
mediante el correspondiente ajuste extracontable en la declaración del impuesto
sobre sociedades.
Se modifica la regla de imputación de los ingresos
derivados de los acuerdos de refinanciación por diferencia entre el pasivo
financiero previo y el nuevo acordado, para periodificar su tributación fiscal
al mismo tiempo que se produzcan los gastos financieros adicionales generados
o, si estos fueran insuficientes para absorber el ingreso que se difiere,
mediante una regla proporcional. Asimismo, se amplían las exenciones en el AJD
y el impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP).
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