El Tribunal de Justicia de la UE, en su sentencia sobre el
asunto C673/16 (Relu Adrian Coman y otros), ha dictaminado que los matrimonios
homosexuales tendrán los mismos derechos de residencia en la Unión Europea que
los heterosexuales, incluso en los países donde este tipo de uniones no sean
legales lo que hará posible que las parejas gays en las que uno de los cónyuges
es extracomunitario, puedan mudarse a otro país europeo del mismo modo que
pueden hacerlo los matrimonios heterosexuales.
En el fallo se determina que "aunque los Estados
miembros tienen libertad para autorizar o no el matrimonio homosexual, no
pueden obstaculizar la libertad de residencia de un ciudadano de la Unión
denegando a su cónyuge del mismo sexo, extracomunitario, la concesión un
derecho de residencia" e indica que, en el contexto de la Directiva
relativa al ejercicio de la libertad de circulación, el concepto de
"cónyuge", que designa a una persona unida a otra mediante el vínculo
matrimonial, es neutro desde el punto de vista del género, por lo que puede
incluir al cónyuge del mismo sexo del ciudadano de la Unión. No obstante, el
Tribunal de Justicia precisa que el estado civil de las personas, en el que se
incluyen las normas relativas al matrimonio, es una materia competencia de los
Estados miembros, no restringida por el Derecho de la Unión, de modo que los
Estados miembros disponen de la libertad de institucionalizar o no el
matrimonio homosexual. Señala asimismo que la Unión respeta la identidad
nacional de los Estados miembros, inherente a las estructuras políticas y
constitucionales fundamentales de éstos.
El caso tiene su origen en la denuncia presentada por un
nacional rumano y su esposo estadounidense que denunciaron discriminación
después de que Rumanía le denegase el derecho de residencia por no ser
considerado cónyuge de un ciudadano de la Unión Europea al no reconocer los
matrimonios gays. En 2016, el Tribunal Constitucional rumano remitió el asunto
a la justicia europea que ahora se ha pronunciado resolviendo que, a efectos
legales, el término cónyuge también comprende a los del mismo sexo.
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