I. CONCEPTO
Dentro
de las estrategias defensivas que las sociedades cotizadas pueden utilizar para
defenderse de un ataque hostil de entidades que pretendan controlarlas, merece
especial atención la utilización de las denominadas “píldoras venenosas”.
La píldora venenosa tiene distintas variantes, y en
términos generales se trata de hacer que o bien le resulte mucho más cara la
oferta pública de adquisición (OPA) a la entidad oferente, tanto que desista de
la misma, o bien para que si la oferente consigue su objetivo, lo que obtenga
no se corresponda con lo que originalmente pretendía.
No
obstante, es preciso tener en cuenta que la inclusión de píldoras venenosas en
los estatutos sociales o la aprobación de emisiones de diferentes instrumentos
financieros susceptibles de convertirse en capital, puede otorgar un exceso de
poder a los adquirentes de los mismos, y en una situación complicada, en la que
se haga necesaria, por ejemplo, la existencia de un “caballero blanco”, a lo mejor la empresa no encuentra
ningún aliado, debido a que el riesgo de tomar el control de la empresa es tan
importante para el “amigo” como para el “agresor”. La especificación de las
condiciones en las que se pueden convertir o amortizar estos instrumentos debe requerir
de un trato exquisito por parte de los abogados y financieros de la empresa, a
fin de evitar sorpresas cuando la situación ya no tiene remedio.
II. TIPOS DE PÍLDORAS VENENOSAS
1. Bonos convertibles en acciones
Los suscriptores de los bonos son “entidades afines”
a la empresa, que reciben una rentabilidad superior a la que otorga el mercado,
a cambio del compromiso (expreso o tácito, según el tipo de relación que haya
con las entidades), de que convertirán los bonos en acciones en el momento adecuado,
y cederán el derecho de voto al Consejo de la sociedad afectada, impidiendo de
esta forma que la entidad que acosa a la anterior, pueda tener el control de la
compañía, al haberse incrementado notablemente el volumen de derechos de voto
de las acciones en circulación.
Además, si finalmente, la entidad oferente
consiguiera el control, le resultaría mucho más cara la adquisición, sobre todo
por el hecho de que se diluiría el valor de las inversiones previas en acciones
que habría hecho como “cabeza de puente” para tomar el control de la entidad
afectada.
Otra posibilidad es que se emitan bonos con
convertibilidad voluntaria u obligatoria en acciones al vencimiento, los
denominados “Bonos Reembolsables en Acciones”. Estos bonos pueden incluso tener
una opción de permuta por acciones viejas de la autocartera al reembolso de los
mismos.
2. Warrants
Estos instrumentos proporcionan derechos de compra
de acciones a un precio fijo en el futuro, que pueden suponer un porcentaje de
participación importante.
La
legislación no obliga a que sean objeto de OPA, mientras sigan siendo warrants, pero si estos títulos están en poder del
Consejo de Administración o de personas afines, pueden ser ejercitados en el
momento preciso, y obligar a la emisión de nuevas acciones, que sí tendrían que
ser adquiridas por la entidad oferente.
3. Capital autorizado
Existencia de autorización en Junta para convertir
parte de las cuentas de acreedores en capital. Si se lanza la OPA se hace uso
de la autorización, y se obliga a la entidad oferente a desembolsar una
cantidad muy superior por conseguir el control.
4. Ampliación de capital
Se acuerda cada año en la Junta de Accionistas la
posibilidad de ampliar capital cuando el Consejo lo decida (siempre que sea por
debajo del 50% del capital existente a la fecha de la Junta). Si se lanza una
OPA sobre la entidad, el Consejo aumenta capital inmediatamente, y obliga a
adquirir también los derechos de suscripción preferente que surgen con la
ampliación de capital.
5. Conversión por debajo del precio de mercado (flip over, flip
in)
Se dan opciones a los accionistas de la sociedad
para adquirir acciones a un precio inferior al de mercado. Estas opciones están
condicionadas al hecho de que se produzca una toma de posiciones en el capital
de la empresa de una cierta entidad, por ejemplo, entre el 15 y el 25%. Caso de
que no se produzca esta situación, cuando llegue la fecha de expiración de las
opciones, la empresa les pagará una prima de amortización a los tenedores de
las opciones.
6. Dividendos extraordinarios de acciones preferentes
Posibilidad de otorgar voto a las acciones emitidas
o por emitir, que reduzcan el porcentaje de derechos de voto en Junta que
tengan los adquirentes después de la OPA.
También
se pueden otorgar acciones preferentes o warrants de
forma gratuita a todos los accionistas, de forma y manera que cuando la entidad
oferente trate de comprar la empresa, se vea obligada a adquirir muchos más
valores. Hay que tener en cuenta que es bastante difícil de explicar a los
accionistas que cuando las acciones cotizan a 10 €, se hace la OPA a 8 €,
porque hay muchos más títulos que comprar, a pesar de que la empresa sea la
misma.
7. Autorización de acciones preferentes en tiempo y precio
Posibilidad de que los propietarios de acciones preferentes
puedan solicitar la amortización de las mismas a un elevado precio. Se intenta
que el coste de la adquisición sea muy alto para la entidad oferente, por lo
que normalmente, estas acciones tienen una opción de amortización a favor de la
entidad emisora, cuyo Consejo será el que decida si se amortizan o no.
Si el Consejo se ve acosado, y presume que la
entidad oferente puede obtener fácilmente la victoria, puede amenazar a la
entidad oferente con ejercer el derecho de amortización, mientras tenga poderes
para ello, lo cual puede ser un arma formidable de negociación en la etapa
final de la pugna por el control de la entidad.
8. Vencimiento automático de deudas
Se incorpora una cláusula a los estatutos según la
cual, en el caso de que se produzca una OPA hostil, y se cambie una parte
significativa de los consejeros de la empresa, esta tiene obligación de
reembolsar en un plazo corto todas las deudas que tiene, incluidas las
emisiones de obligaciones vigentes de la empresa.
Esto puede suponer la necesidad de obtener
financiación adicional por parte de la entidad oferente, lo que no siempre es
posible, sobre todo cuando se ha tenido que asumir un apalancamiento financiero
importante para lograr el control de la sociedad afectada.
Una modalidad alternativa es dar la opción a los
titulares de préstamos y obligaciones de que elijan entre recibir dinero en
efectivo, o recibir acciones ordinarias a un cambio “especial”.
9. Consejo escalonado
Exigencia de renovación cada “X” años, existiendo un
período mínimo de permanencia como accionista para tener derecho a ser
consejero. Por ejemplo, se puede realizar el nombramiento de un tercio de los
consejeros cada año, de forma que para llegar a tener el control del Consejo
haya que esperar al menos dos años, para tener las dos terceras partes de los
votos; ello puede retrasar el control de la entidad oferente, e incluso
desincentivar la propia oferta.
Sin embargo, esta píldora puede ser sorteada por la
entidad oferente mediante la utilización de Juntas Extraordinarias de
accionistas en las que dispone de la mayoría del capital. Luego basta con
esperar un año para conseguir renovar otro tercio del Consejo, y una vez
conseguidos los dos tercios, dominar completamente la empresa.
También cabe la posibilidad de que una vez nombrado
el primer tercio de los consejeros, la entidad oferente negocie con algunos de
los consejeros antiguos (sólo necesita un sexto de los votos para lograr el
control), y conseguir que se pasen a su bando. Es evidente que si los
consejeros saben que como mucho en doce meses la entidad oferente va a
conseguir el control, pueda haber algunos de ellos que prefieran quedarse en
vez de ser leales al presidente anterior.
10. Supermayoría
Para tomar decisiones importantes, como por ejemplo
una fusión con otra entidad (la oferente) se exige un voto de entre el 75% y el
95% del capital en Junta General. De esta forma, aunque consiga un 60 o un 70%
de los derechos de voto en una OPA, la entidad oferente no podrá conseguir que
se apruebe la fusión con la entidad afectada, puesto que el resto de los
accionistas pueden votar en contra de sus intenciones.
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