El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) establece
que la comercialización de tarjetas SIM que contienen complementos incorporados
que ya se encuentran activados y que generan costes extra al usuario, cuando
éste no ha sido informado de la existencia de los mismos, es una práctica
desleal y, por tanto, está prohibida.
El TJUE considera que el comportamiento de las compañías de
telecomunicación ha de ser considerado como “suministro no solicitado” que
supone una conducta desleal y más concretamente una “práctica comercial
agresiva”.
En la sentencia sobre el asunto C?54/17, el tribunal de
Luxemburgo resuelve la cuestión que elevó el Tribunal Regional de lo
Contencioso-Administrativo del Lacio (Italia) sobre dos teleoperadoras que
distribuyeron chips telefónicos con servicios de navegación por Internet y de
contestador incorporados cuyos gastos se facturaban al usuario a menos que éste
hubiera solicitado expresamente su desactivación.
La autoridad que defiende la competencia de los mercados en
Italia acusó a estas dos sociedades de no haber informado previamente y de modo
adecuado a los consumidores ni de la preinstalación y preactivación de dichos
servicios ni de que eran de pago.
El tribunal de Luxemburgo indica que la solicitud de un
servicio debe ser una elección libre del consumidor. Sin embargo, cuando el
consumidor no ha sido informado ni del coste de unos servicios ni siquiera de
que están preinstalados “no es posible considerar que el consumidor haya
elegido libremente el suministro de dichos servicios”.
Es indiferente, añade el tribunal, que la utilización de
esos servicios haya podido requerir, en ciertos casos, una acción consciente
por parte del consumidor. Resulta irrelevante también que el consumidor haya
tenido la posibilidad de desactivar esos servicios o de hacerlo él mismo, dado
que no había sido informado previamente de su existencia.
El Tribunal de Justicia concluye por tanto que este
comportamiento constituye un «suministro no solicitado y por tanto, según la
Directiva 2005/29 sobre las prácticas comerciales desleales, una práctica
desleal —más concretamente, una práctica agresiva— en cualquier circunstancia.
Publicado en la revista noticias jurídicas 13-09-2018.
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