El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dictado sentencia
en el caso Ottan c. Francia y sostiene que hubo violación del artículo 10 del
Convenio Europeo de Derechos Humanos que establece el derecho a la libertad de
expresión. En su sentencia, el TEDH absuelve a un abogado por la condena que le
impuso un tribunal francés tras haber declarado que la decisión de absolver a
un acusado de homicidio no le sorprendía al ser los miembros del tribunal,
todos ellos, "blancos".
En su sentencia, el TEDH absuelve a un abogado por
comentarios públicos que discutían el origen étnico de los miembros de un
tribunal.
El caso se originó en la absolución en 2009 de un gendarme
que había matado a un joven de una comunidad de origen extranjero que vivía en
un barrio de clase trabajadora durante una persecución en automóvil en 2003.
Unos minutos después del veredicto, en respuesta a una
pregunta de un periodista, el solicitante, un abogado que había estado
representando al padre de la víctima, declaró que la absolución no era una
sorpresa, dada la composición étnica del jurado, que estaba compuesto exclusivamente
por "blancos".
El Tribunal de Apelaciones de Montpellier impuso una sanción
disciplinaria, a saber, una advertencia, al considerar que el abogado no había
cumplido con sus obligaciones éticas profesionales de sensibilidad y
moderación.
El comentario fue declarativo, no insultante
El TEDH, en su sentencia, considera que las observaciones
impugnadas se habían realizado como parte de un debate sobre el funcionamiento
del sistema de justicia penal, en el contexto de la cobertura de un caso por los
medios de comunicación. Por ello entiende que tomados en su contexto, no
equivalían a una acusación insultante o de motivación racial, sino que se
referían a la imparcialidad y la naturaleza representativa del jurado. En otras
palabras, el abogado hizo una declaración general sobre la organización de los
tribunales penales.
El tribunal de Luxemburgo continua indicando que, aun
capaces de ofender, estas observaciones fueron, sin embargo, un juicio de valor
con una base fáctica suficiente y formaron parte de la defensa del cliente del
abogado. Por último, el TEDH consideró que la sentencia, consistente en la pena
más leve posible, una advertencia, había sido, no obstante, desproporcionada y
no había sido necesaria en una sociedad democrática.
Contenido curado por Isabel Asolo
(Community Manager) HERAS ABOGADOS BILBAO S.L.P.
Los Accidentes de trafico son los más comunes en éste país, por ello debemos entender que hay que respetar las normas de tránsito.
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