La Comisión Permanente del Consejo General del Poder
Judicial ha acordado la constitución de un grupo de trabajo cuyo objetivo será
elaborar un documento que establezca los requisitos que deben cumplir los
sistemas informáticos -y en concreto los desplegados por el Ministerio de
Justicia- para que su uso obligatorio pueda ser exigido a los jueces y magistrados.
El órgano de gobierno de los jueces ha tomado esta decisión
tras aprobar un informe en el que se concluye que el CGPJ podrá dictar
criterios sobre el modo en que los titulares de Juzgados y Tribunales han
supervisar y controlar el estado de los asuntos en el proceso de implantación
del expediente digital.
El CGPJ señala que, de los informes emitidos por el Servicio
de Inspección y la Sección de Informática, se desprende la ralentización en la
actividad jurisdiccional que en el momento actual supone el expediente digital
electrónico y la necesidad de que todos los documentos que conforman el mismo
estén debidamente nominados e indexados, siendo ese contenido responsabilidad
del letrado de la Administración de Justicia. También se considera imprescindible
la integración en una interfaz única de las tres herramientas informáticas: el
sistema de gestión procesal (Minerva), el visor documental y el portafirmas,
que debe permitir editar la resolución directamente por el juez o magistrado,
sin que sea precisa su devolución a la oficina judicial.
Además, y hasta que se realicen las mejoras necesarias, se
estima necesario mantener “un soporte físico testigo de los asuntos pendientes
de decisión judicial que facilite la función jurisdiccional”, mientras que en
lo relativo a la dación de cuenta al titular del órgano del estado de los
asuntos se apuesta por “mantener los métodos actuales basados en la relación
directa entre el juez y los funcionarios y/o la ‘carpetilla-testigo’ en soporte
papel” hasta que se implanten las nuevas versiones anunciadas por el Ministerio
de Justicia, momento en el que se deberá suprimir cualquier medio no
telemático.
El CGPJ, por último, insiste en la necesidad de que los
medios se dispongan de modo que los jueces y magistrados puedan llevar a cabo
la función jurisdiccional que les encomienda la Constitución, “pues de no ser
así el efectivo ejercicio de la misma quedaría seriamente comprometido por
interferencias, como se observa, de muy fácil superación”.
Contenido curado por Isabel Asolo
(Community Manager) HERAS ABOGADOS BILBAO S.L.P.
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