CONSTRUCCION DE VIVIENDA SIN
LICENCIA MUNICIPAL
Hace once años compré mi
vivienda y ahora he descubierto que las obras fueron ejecutadas sin constar
licencia de obras municipal que de forma legal las autorizase. ¿Hay caducidad
para reclamar o denunciar al ayuntamiento por autorizar la construcción de las
obras sin licencia municipal? Y, si no consta concedida la licencia municipal,
¿hay caducidad para denunciar los hechos?
En primer lugar, si
no consta licencia municipal, ni suponemos autorización autonómica, el
Ayuntamiento nunca autorizó la realización de las obras, por lo que nada
se le va a poder reclamar, más bien al contrario. Será el Ayuntamiento el que
en este caso podrá iniciar un procedimiento para la restauración de la
legalidad, que puede consistir incluso en la demolición de las obras cuando sea
imposible su legalización, y, en su caso, se podrá sancionar a los promotores
y/o constructores de la obra realizada sin las preceptivas autorizaciones.
En principio, las
infracciones y sanciones prescriben a los cuatro años, dependiendo del tipo de
suelo en el que se haya realizado la construcción, por lo que la sanción
estaría prescrita, que habrá que diferenciar del plazo de caducidad de la
potestad de restauración de la realidad física alterada por obras ilegales que
tendrá la Administración. En este caso, habrá que valorar la posibilidad de
iniciar los trámites para legalizar la vivienda que fue construida sin
licencia.
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