jueves, 4 de junio de 2015

EL SUPREMO DUDA SOBRE SUCESIONES EN EL MATRIMONIO HOMOSEXUAL


·         Plantea si el Impuesto discrimina a parejas previas a la legalización


El Tribunal Supremo ha mandado al Constitucional la Ley del Impuesto de Sucesiones para que el Tribunal determine si las reducciones para cónyuges que prevé la norma pueden atentar contra la igualdad de los homosexuales. El Supremo se refiere a las parejas en las que falleció un miembro antes de que la legislación española les permitiera casarse.
El Tribunal Supremo ha elevado la cuestión de inconstitucionalidad por considerar que la respuesta que ofrezca el Constitucional "será determinante" para decidir sobre un recurso de casación de una mujer cuya pareja fallecida la nombró heredera universal.
Por su parte, el Tribunal Económico Administrativo Central confirmó la liquidación aplicando la reducción. Sin embargo, el Tribunal Superior de Juticia (TSJ) de Asturias anuló la decisión ya que no consideraba cónyuge a la afectada.
Requisitos matrimoniales
La Fiscalía, la Abogacía del Estado y el TSJ sostienen que "no toda imposibilidad de cumplir los requisitos legales para contraer matrimonio permite concluir que quienes se ven así impedidos tienen, sólo por ello, los mismos derechos y deberes que quienes conviven matrimonialmente".
Pese a ello, el auto del Tribunal Supremo duda de la constitucionalidad del Impuesto. "No resulta evidente que el legislador tenga el mismo margen para configurar el régimen de prestaciones económicas de la Seguridad Social, que para configurar el régimen de cuantificación de un tributo que cierra el marco de la imposición directa, con el carácter de tributo complementario del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, contribuyendo a la redistribución de la riqueza", concluye.


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