El
Pleno del Senado aprobará este miércoles la reforma de la Ley de Enjuiciamiento
Civil que contempla la obligación de que los juzgados trabajen exclusivamente a
través de medios electrónicos a partir del 1 enero de 2016 y deja el soporte
papel en un formato subsidiario.
La
reforma legislativa pasará su último examen en la Cámara Alta una semana
después de que la Comisión de Justicia rechazara, con los votos del Partido
Popular, los cinco vetos planteados por los grupos parlamentarios mixto,
catalán y socialista.
La
mayoría de los grupos de la oposición pusieron en duda durante el debate que la
eliminación del papel fuera a ser posible a partir del 1 de enero y calificaron
como un “desaguisado” el proyecto al considerar que se trata de otra reforma
más “abocada a generar frustración”.
Por
su parte, el PP recuerda el aumento de la partida destinada en los Presupuestos
Generales del Estado a acelerar la Justicia en los entornos digitales y avanzar
hacia el ‘papel cero’ y la Justicia en red, que, según afirmó la senadora María
del Carmen Dueñas, aumentará un 35,7% más.
COMUNICACIONES ENTRE PROFESIONALES
La
nueva norma obliga a que las comunicaciones entre profesionales de los órganos
judiciales se realicen de forma exclusiva a través de medios informáticos a
partir del próximo año y en todos los órdenes jurisdiccionales.
Así,
los jueces podrán emplear datos de correo electrónico y de número de teléfono
para localizar a los demandados. De esta forma, el Ministerio de Justicia
defiende que se hará habitual en la Administración de Justicia la recepción
electrónica de las notificaciones que hasta ahora se recibían en papel. Además,
se podrá informar mediante aviso por SMS al teléfono móvil de la persona
interesada de que se le ha de practicar una notificación.
En
relación a los profesionales que colaboran con la Administración de Justicia,
los colegios de procuradores estarán obligados a habilitar los medios
necesarios de forma que pueda garantizarse el envío y recepción de
notificaciones electrónicas en todo el territorio nacional.
En
cuanto a la presentación de escritos y documentos, a partir del 1 de enero de
2016, tanto los profesionales como los órganos judiciales estarán también obligados
a emplear los medios electrónicos existentes para realizar esta actividad. Para
hacerlo efectivo, la administración competente deberá de habilitar los medios
técnicos necesarios antes de dicha fecha.
MODIFICACIÓN DE LA JUSTICIA GRATUITA
El
Gobierno ha optado además por incluir en esta norma la modificación de la Ley
de Asistencia Jurídica Gratuita que impulsó el exministro Alberto
Ruiz-Gallardón para ‘compensar’ la creación de nuevas tasas judiciales y que
ampliaba los beneficiarios que pueden acogerse a este servicio.
En
vía de enmiendas a la Ley de Enjuiciamiento Civil, los ‘populares’ incluyen la
mayoría de las disposiciones de peso del proyecto lanzado por Gallardón e
incluyen dos tipos de destinatarios: quienes no tienen recursos suficientes para
litigar y quienes tienen este derecho con independencia de su nivel de renta.
El
Ejecutivo ya aprobó en febrero de 2013 un decreto ley por el que modificaba la
polémica ley de tasas judiciales y anticipaba la aplicación de puntos
esenciales de la Justicia Gratuita para que los nuevos beneficiarios pudieran
acogerse desde ese mismo momento. Entre ellos, se encontraban todas las
víctimas de violencia de género, de trata de seres humanos, de terrorismo, de
accidentes graves, así como menores o discapacitados que hayan sufrido abusos o
maltrato.
Según
recogía el anteproyecto aprobado en Consejo de Ministros, el umbral para
acceder a la justicia gratuita pasaría, en términos generales, de dos veces el
SMI (14.910,28 euros) a 2,5 veces el IPREM (15.975,33) y en las familias de
cuatro o más miembros la referencia pasa a ser el triple del IPREM (19.170,39
euros).
En
las unidades familiares de cuatro o más miembros, el umbral de referencia
pasará a ser de 1.597 euros brutos anuales, lo que supone una subida de un 20%
respecto a los 1242 vigentes. La norma tendrá en cuenta además las
circunstancias o de salud del solicitante.
ASOCIACIONES DE VÍCTIMAS
La
Ley de Enjuiciamiento Civil incluirá, una disposición que permitirá a las
asociaciones de víctimas del terrorismo disfrutar de justicia gratuita con
independencia de sus recursos económicos. El partido del Gobierno plantea
modificar la norma de 1996 que regula la asistencia gratuita para ampliar este
derecho a los colectivos que tengan como fin “la promoción y defensa de los
derechos de las víctimas del terrorismo”.
El
decreto ley de 2013 ofrecía ya cobertura a las víctimas de violencia de género,
individuales de terrorismo, de trata de seres humanos y los menores de edad y
discapacitados psíquicos que sufran abusos y maltratos cuando el proceso esté
vinculado a su condición de víctima.
Ahora,
asociaciones como la AVT o Dignidad y Justicia quedarán exentas del pago de las
costas y resto de los costes, como los servicios de abogado y procurador.
Tendrán derecho al asesoramiento previo y a atención jurídica especializada
cuando interponen una denuncia, mientras que los menores y las personas con
discapacidad contarán con asistencia pericial especializada.
No hay comentarios:
Publicar un comentario