La
claúsula suelo es una variabilidad al alza de las hipotecas que algunos bancos
hacían firmar a la hora de comprar un inmueble. Con el tiempo se ha sabido que
muchas personas no conocían esta condición y han podido reclamarlo, pero
inicialmente sólo particulares. Ahora, las pymes y autónomos con locales o
naves en propiedad también podrán impugnar la cláusula si cumplen unos
requisitos.
Las
pymes ya pueden denunciar hipotecas por la cláusula suelo
Cuando
un particular firmaba una hipoteca con una entidad bancaria, a veces ocurría
que, con el tiempo, se daban cuenta de que habían firmado la llamada “cláusula
suelo” sin haber recibido toda la información necesaria por parte de los
bancos. Esta variabilidad al alza ha sido un problema para muchos compradores,
aunque finalmente los juzgados acabaron por darles la razón y devolviéndoles el
dinero.
Las
empresas con establecimiento también tienen la cláusula suelo
Sin
embargo, en el caso de las empresas también se han dado casos de este tipo y
existían dudas sobre si podrían o no denunciar. Cuando una compañía tiene en
propiedad un local o una nave y los empresarios la han adquirido mediante un
préstamo hipotecario, pueden encontrarse con el problema de la cláusula suelo,
que firmaron sin darse cuenta. El Tribunal Supremo anuló esta cláusula en
algunas hipotecas cuando se demostraba que la entidad financiera no informó a
los clientes, sin embargo, esta posibilidad excluía a las empresas.
Requisitos
para reclamar en caso de ser empresa
Recientemente,
el propio Tribunal Supremo ha informado de que se podrá anular la cláusula en
el caso de ser una compañía si se cumplen unos requisitos marcados.
Supuestos
en los que una empresa puede pedir que se impugne su cláusula:
Falta
de reciprocidad: en el caso de no haber una igualdad entre los derechos y las
obligaciones entre el banco y la empresa. Se podrá utilizar este argumento si
en la hipoteca se fija un “suelo” o mínimo pero no un “techo”, o máximo.
Falta
de proporcionalidad: en caso en que la hipoteca tenga “techo” se podrá alegar a
favor de la empresa si existe una desproporción, es decir, cuando sea casi
imposible que los tipos de interés alcancen el límite estipulado y la cláusula
suelo se siga aplicando.
Falta
de información: en el momento en el que se firma la hipoteca del local o
establecimiento, se debe informar al empresario de la cláusula suelo. En caso
de no ser así, se podrá utilizar como prueba para solicitar la devolución de su
dinero. En el caso de que la hipoteca haya sido una subrogación a otra ya
existente, se debe comprobar si en ésta se hace alusión a la cláusula y está
aceptada por el cliente para poder reclamar o no.
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