lunes, 2 de febrero de 2015

EL NOTARIADO ABRE UNA PÁGINA WEB PARA EL CONTROL DE CLÁUSULAS ABUSIVAS

Recopila la legislación y todas las sentencias que han podido declarar abusiva una cláusula.

El Notariado ha lanzado una página web para informar a los ciudadanos sobre cláusulas abusivas, en la que los ciudadanos podrán consultar, entre otras cuestiones, cuáles han sido declaradas como tales por ley o por sentencia judicial y la lista de resoluciones dictadas por los tribunales o la Dirección General de Tributos y del Notariado (DGRN) sobre esta materia.
La página web, puesta en marcha por el Órgano de Control de Cláusulas Abusivas (OCCA) del Consejo General del Notariado, dispone también de un enlace directo con el Registro de Condiciones Generales, a fin de facilitar el acceso y consulta del mismo por los particulares. Asimismo incluye información específica sobre los medios al alcance de los notarios para proteger jurídicamente los derechos de los consumidores y sobre los servicios notariales útiles para este fin.
Información antes de firmar La página presta especial atención al tratamiento de la información sobre la legislación de consumo vigente, así como de la jurisprudencia del Tribunal Supremo en relación con las cláusulas abusivas. Además, facilita el conocimiento de las sentencias de las Audiencias Provinciales y de los Juzgados de lo Mercantil y de Primera Instancia sobre la materia, de forma que los consumidores puedan saber antes de la firma de un contrato si contienen cláusulas que estos tribunales consideran abusivas, aunque no haya una decisión firme al respecto. La web aloja también una revista digital con artículos sobre cuestiones de relevancia y actualidad relativas a la tutela de los consumidores y usuarios.
El Órgano de Control de Cláusulas Abusivas ha sido creado por el Consejo General del Notariado con el fin de disponer de una herramienta más con la que reforzar la tutela notarial de los consumidores. Está integrado por notarios y profesionales expertos en la materia y depende de la Comisión de Consumidores del Notariado presidida por Alfonso Cavallé, decano del Colegio Notarial de Canarias.
Deberes del notario En todo caso, el notario juega un papel importante en el momento del asesoramiento al cliente. Como funcionario público, tiene el deber de velar por la tutela de los derechos de los consumidores en la contratación, y de informarles sobre el significado de las cláusulas contenidas en las escrituras públicas, así como de comprobar que no contengan cláusulas consideradas abusivas por la Ley o declaradas nulas por una sentencia firme inscrita en el Registro de Condiciones Generales.
La Ley 1/2003 impuso al notario el deber de advertir a las partes, con antelación a la autorización de una escritura pública, si alguna cláusula contenida en ella fuese abusiva. Sin embargo, el notario no puede declarar abusiva una cláusula, pues esta es una función propia de la ley o de los tribunales. Además, y como consecuencia de este deber general de tutela de los consumidores, los notarios, cuando intervienen en un procedimiento de venta extrajudicial de bienes hipotecados, deben suspenderlo si el consumidor les acredita que ha presentado una demanda ante el juez competente para que declare la nulidad por abusividad de alguna de las cláusulas del préstamo hipotecario.


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