martes, 20 de mayo de 2014
INSIDER TRADING
Expresión anglosajona que se corresponde con un acto delictivo referido al uso de información privilegiada con la que conseguir beneficios no habituales mediante inversiones en los mercados financieros.
Este tipo de delito, que a veces es difícil de probar, se da sobre todo en los mercados bursátiles, y en concreto en las ofertas públicas de adquisición de acciones (OPAs). Cuando se comienza a preparar una OPA, lo habitual es que el hecho sea conocido por muy pocas personas, pero la posibilidad de obtener plusvalías del 30% o del 40%, puede hacer que alguna de las personas involucradas en el proceso esté tentada de tomar una posición significativa en el mercado, para venderla mucho más cara cuando salga a la luz la operación.
Normalmente, la persona que hace la operación delictiva utiliza testaferros, es decir, personas que a cambio de una determinada cantidad aceptan figurar como inversores. En otras ocasiones, se suele involucrar a un familiar o amigo, aunque en este caso es posible que se detecte la relación y al final se encause a ambos en un procedimiento penal.
No es necesario que se produzca una OPA para que se pueda dar una situación de insider trading. Basta con que una persona que tiene información privilegiada, por ejemplo un consejero de una empresa cotizada, se entere en un consejo de que se va a producir un evento que va a alterar la cotización, bien al alza, bien a la baja, en el futuro. Si ese consejero utiliza esta información para comprar o para vender títulos en el mercado, y ganar o dejar de perder dinero, estaríamos ante un supuesto de insider trading.
Por ejemplo, si en el consejo de administración de un banco se informa de que el Banco de España va a proceder a intervenir la entidad en la próxima semana, y un consejero tiene un fuerte paquete de acciones, y decide venderlo inmediatamente, estaría cometiendo el delito que antecede. Y no solamente, tiene por qué ser un consejero; cualquier persona que por razón de su situación tenga acceso a esta información y la utilice en su provecho estaría también cometiendo el delito. Este hecho se produjo, por ejemplo, en la intervención de Banesto del año 1993, cuando un consejero del Banco de España supo de este hecho y procedió a vender sus acciones en el mercado.
En España, el resultado de una investigación por insider trading suele conllevar castigos de tipo pecuniario. Sin embargo, en Estados Unidos, es muy habitual que los que cometen este tipo de actos, acaben en prisión, además de inhabilitados para el ejercicio de su profesión en el mundo financiero.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario