miércoles, 23 de abril de 2014

SOCIMI COMO DEBEN DECLARAR LAS PLUSVALIAS OBTENIDAS EN LA VENTA DE ACCIONES Y LOS DIVIDENDOS

Si un contribuyente adquirió acciones de una sociedad a principios de 2013 por importe de 10.000 euros pero, debido a necesidades de liquidez, decide venderlas a finales de 2013, obteniendo una plusvalía de 3.000 euros. ¿Cómo debe tributar por dicha plusvalía? Desde el 1 de enero de 2013, las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales generadas a corto plazo (en un año o menos) no tributan en la base del ahorro al tipo del 21%, 24% y 27%, sino que tributan, como parte integrante de la base imponible general, al tipo marginal. Otra de las novedades del pasado ejercicio son las Socimis (Sociedad Anónima Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario) que con Entrecampos y Promorent iniciaron su andadura en la bolsa española. Estas sociedades cotizadas tienen la obligación de repartir dividendos. Si en el ejercicio 2013, un contribuyente recibe 2.000 euros en concepto de dividendos distribuidos por una Socimi, ¿debe tributar por dichos dividendos? Si a finales de 2013 vende sus participaciones en la Socimi ¿deberá tributar por la ganancia patrimonial obtenida en la transmisión? Estas son algunas de las dudas más frecuentes. Pues bien, desde el 1 de enero de 2013 dejan de estar totalmente exentos los dividendos percibidos por la participación en Socimi, por lo que deberá tributar por ellos en este ejercicio sin que sea posible aplicar la exención de los 1.500 euros anuales previstos para los dividendos. Tampoco estarán exentas, desde el 1 de enero de 2013, las ganancias patrimoniales obtenidas por la transmisión de participaciones de las Socimi.

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