martes, 11 de marzo de 2014

LOS PROFESIONALES ANTE LA LEY DE SERVICIOS Y COLEGIOS PROFESIONALES

La futura Ley de Servicios y Colegios Profesionales se encuentra en la recta final de su aprobación y a la espera del informe preceptivo del Consejo de Estado para que el Gobierno dé su visto bueno a un texto del que están muy pendientes los Colegios y Servicios Profesionales. El nuevo anteproyecto presenta una serie de novedades respecto al original; se establece una lista de profesiones de colegiación obligatoria que sólo podrá exigirse por ley estatal, coexistirán colegios de pertenencia obligatoria y voluntaria, se refuerzan los criterios de buen gobierno en los colegios de colegiación obligatoria, se mejora el ejercicio de la potestad disciplinaria de los colegios estableciendo que el código deontológico de cada organización colegial sea único en todo el territorio nacional. Se clarifica el régimen económico de los colegios, así como la cuota colegial, debiendo separarse los servicios obligatorios de los voluntarios. Los colegios de pertenencia obligatoria deberán ofertar un régimen de cuotas obligatorias bonificado para los profesionales en desempleo. Se elimina la incompatibilidad del ejercicio simultáneo de la abogacía y la procura (representación ante los Tribunales). Se establece un régimen general de remuneración de los cargos directivos de los colegios obligatorios y se refuerza la transparencia mediante la presentación y publicidad de cuentas de los colegios.

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